Imprimir esta página
imagen no encontrada
Jueves, 26 Mayo 2022 08:05

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL POR APLICACIÓN DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE

1669

Anuncio de aprobación de Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Mancomunidad por aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Descargar pdf Anuncio

MANCOMUNIDAD RIBERAS DEL TAJO


1669

Por medio del presente Anuncio se hace público el Decreto de la Presidencia 23/2022, de 21 de mayo, que se transcribe literalmente como Anexo y por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público que se detalla.

Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa, pudiendo recurrirse ordinariamente de las siguientes formas y condiciones:

  1. Interposición directa de recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o al de la publicación del acto, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (LJCA). No obstante, conforme al artículo 14.1.Segunda de esta Ley, cuando el recurso tenga por objeto actos en materia de responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones será competente, a elección del demandante, el juzgado o el tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, si bien la elección está limitada a la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
  2. Recurso potestativo de reposición alternativamente al recurso contencioso-administrativo: ante el señor Presidente, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o la publicación del acto, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  3. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en el caso de haberse interpuesto por haber transcurrido el plazo de un mes que es el máximo para dictarlo y notificarlo (artículos 24.1 y 123.2 LJCA).
  4. Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

En Trillo, a 21 de mayo de 2022.-El Presidente, Francisco Moreno Muñoz

 

ANEXO:

«Antecedentes y fundamentos de Derecho

I.- Mediante Providencia de la Presidencia se dispuso que por la Secretaría-Intervención que se informase sobre las plazas que podrían incluirse en las medidas previstas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (LMRTEP), tramitación a seguir, requisitos, aprobación, y demás disposiciones que pudieran ser de aplicación.

II.- Se ha emitido Informe-Propuesta por la Secretaría-Intervención, informando de lo indicado en el apartado anterior y formulando propuesta de resolución para la aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal, y fiscalizado favorablemente.

III.- Es de aplicación lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (LMRTEP); en el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP); en el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (TRRL); en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), y demás normas concordantes. Es especial interés la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 1 de abril de 2022 sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la LMRTEP (ROPE).

IV.- La Oferta de Empleo Público objeto de la presente resolución ha sido sometida a la Mesa General de Negociación de la Mancomunidad en sesión celebrada el 19 de mayo de 2022, siendo informada favorablemente por la misma.

V.- Conforme al informe-propuesta emitido, existe una única plaza que debe ser objeto del proceso de estabilización temporal exigido por la LMRTEP, esto es, la de Agente de Empleo y Desarrollo Local, cuya naturaleza jurídica es la de personal laboral fijo, cumpliéndose todos los requisitos legales de temporalidad y estructuralidad para su inclusión en dicho proceso, siendo de aplicación, además, lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la citada Ley.

VI.- La Presidencia tiene la atribución legal para adoptar esta resolución en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con lo dispuesto en los Estatutos de la Mancomunidad.

En virtud de lo expuesto, RESUELVO:

Primero.- Se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal correspondiente al proceso de estabilización de empleo público temporal previsto en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de la plaza que se indica a continuación, sujeta a lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de dicha Ley, esto es por el sistema de concurso:

Personal Laboral Fijo
Denominación Nº de Plazas Categoría / Vacantes
Titulación Exigida
Agente de Empleo y Desarrollo Local 1 Diplomatura universitaria y equivalentes 1

Segundo.- La aprobación de esta Oferta de Empleo Público deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara antes del 1 de junio de 2022, y de modo inmediato en la Sede Electrónica de la  Mancomunidad.

Tercero.- La publicación de la convocatoria del proceso selectivos para la cobertura de la plaza incluida en la oferta de empleo público deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022. La resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

Cuarto.- Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal».

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 288 veces