AYUNTAMIENTO DE PASTRANA
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APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 1/2021
Expte: 163/2021
Por medio del presente anuncio se publica el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pastrana en sesión extraordinaria de fecha 26 de octubre de 2021 en el que se ha procedido a acordar lo siguiente:
“PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º1/2021 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Suplemento de crédito | |
Progr. | Económica | |||
920 | 22199 | Otros suministros | 162.877 | 51.500 |
920 | 227 | Trabajos realizados por otras empresas y profesionales | 97.460,40 | 49.000 |
TOTAL | 100.500 € |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Alta en aplicaciones de Ingresos
Aplicación económica | Descripción | Euros | ||
Cap. Art. Conc. |
||||
87000 | Remanente Tesorería para gastos generales | 100.500 | ||
TOTAL INGRESOS | 100.500 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos., que son los siguientes:
- El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
- La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”.
Pastrana, a 5 de noviembre de 2021. El Alcalde, Luis Fernando Abril Urmente