AYUNTAMIENTO DE EL SOTILLO
3248
Transcurrido el plazo de exposición pública, sin que se haya presentado reclamación alguna, queda elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de Junio de 2021 y publicado en el B.O.P. Nº 141 de 26 de Julio de 2021, sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal abajo referida, cuyo texto íntegro de las modificaciones se hace público en cumplimiento del art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el referido acuerdo definitivo podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
ANEXO
ORDENANZA FISCAL MODIFICADA:
-Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de alcantarillado y la vigilancia especial de alcantarillas particulares:
Artículo 7. a) Cuota anual por conservación de la red de alcantarillado público, para todo usuario: 5,00 euros.
Artículo 9. Se establece una bonificación del 3% de la cuota íntegra de la tasa a favor de los sujetos pasivos que domicilien sus deudas de vencimiento periódico en una entidad financiera.
En El Sotillo, a 27 de Octubre de 2021. El Alcalde, Fdo.: Antonio José Ansotegui Pérez