AYUNTAMIENTO DE CIRUELAS
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En la sesión plenaria celebrada el 21 de octubre de 2021 se adoptó, entre otros, el acuerdo que se transcribe:
"PRIMERO-. Delegar en la Jefatura Provincial de Tráfico de Guadalajara el ejercicio de la competencia municipal sancionadora por infracciones a normas de circulación cometidas en vías urbanas del municipio de Ciruelas, de conformidad con lo establecido en el artículo 84.2 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
SEGUNDO-. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara para su general conocimiento."
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara del presente acuerdo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente a derecho.
En Ciruelas, a 26 de octubre de 2021. La Alcaldesa Presidenta, Lorena de la Vega Antúnez