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Jueves, 07 Octubre 2021 08:10

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL INCREMENTO Y LA REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE OPERADORES LOGÍSTICOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, TABLAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2021

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Acuerdo por el que se aprueba el incremento y la revisión salarial del Convenio Colectivo de Operadores Logísticos de la provincia de Guadalajara, tablas salariales correspondientes al año 2021, con efectos desde el día 1 de enero de 2021 a 31 de diciembre de 2021, con código de convenio 19001325012008
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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA


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VISTO el texto del Acuerdo suscrito el día 27 de agosto de 2021, de una parte por la representación de la parte empresarial, CEOE-CEPYME de Guadalajara y de otra, por los sindicatos CC.OO. y UGT, en representación de las personas trabajadoras, por la que se aprueba el incremento y la revisión salarial del Convenio Colectivo de Operadores Logísticos de la provincia de Guadalajara, tablas salariales correspondientes al año 2021, con efectos desde el día 1 de enero de 2021 a 31 de diciembre de 2021, con código de convenio 19001325012008; acta que tuvo entrada el día 30 de agosto de 2021 en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de funcionamiento a través de medios electrónicos, de esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del  Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Decreto 99/2013, de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo en relación con el Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en el resto de normativa aplicable.

ACUERDO:

Primero.- Ordenar la inscripción del Acuerdo de 27 de agosto de 2021 y de las Tablas Salariales correspondientes al año 2021, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

En Guadalajara, a 5 de octubre de 2021. La Delegada Provincial, María Susana Blas Esteban

 

Acta Quinta

En Guadalajara, a las 11 horas del día 27 de Agosto de 2021.

Reunidos en la sede de la CEOE-CEPYME DE GUADALAJARA sita en la calle  Molina de Aragón nº 3 la relación de personas que a continuación se detallan:

Por parte de CC.OO.

D. Guillermo Renedo Liquiñano.

Dª. Estrella Garcia Coleto.

D. Elisabeth Romero Gandú  

D. Ariel Dedominici Rodriguez.

D. Francisco Rodajo García.

Por parte de la U.G.T.:

D. Antonio Baquera Sanz

D. Elena Tabernedo Canalejas.

D. Maria Victoria Rodríguez Sánchez

Dª. Nuria Granizo Villaverde

D Alfredo Ávila Garcia.   

Por parte de CEOE-CEPYME GUADALAJARA:

Dª María Jesús Serrano Maestro.

Por parte de U.N.O

D. Manuel Bejarano. 

Asesores

D. Miguel Ángel López del Olmo.  (CC.OO.)

D. Angel Miguel Martin Segurado. (CC.OO.)

D. Ana González Palacios. (UGT).

D. Ivan García Blanco. (UGT)

D. Agustín Carrillo Castaño (CEOE-CEPYME DE GUADALAJARA)

 

PRIMERO. – Que las partes firmantes del Convenio Colectivo han llegado al siguiente acuerdo:

Incremento salarial.- Para el año 2021 se aplicará un incremento salarial del 2% sobre todos los conceptos salariales y extra salariales, con  efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2021, produciéndose el pago efectivo de los mismos, como tope máximo, en la nómina de octubre del 2021. Se adjunta tabla.

Revisión salarial.- En el supuesto de que el IPC real del año 2021 fuese superior al 2% se producirá el incremento salarial correspondiente a esta diferencia en las tablas, transcurrido un mes desde la publicación de aquel por el Instituto Nacional de Estadística, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2021.

El texto del Convenio Colectivo de Operadores Logísticos de Guadalajara vigente al día de la fecha, mantendrá integro su articulado en el año 2021 salvo lo ateniente a las tablas salariales correspondientes.

SEGUNDO.- Al objeto de avanzar en la negociación del futuro texto del convenio, las partes acuerdan reunirse a partir del 8 de octubre de 2021 a las 12h en CEOE con periodicidad quincenal, concretándose las fechas oportunamente.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 12:00 horas, firmando el Acta por cuadruplicado por todos los asistentes.

CONVENIO  PROVINCIAL DE LOGISTICA DE GUADALAJARA

 

TABLAS SALARIALES A PARTIR DEL 1-01- 2021

CATEGORIAS

SAL. BASE

PLUS C.

PLUS T.

MENSUAL

ANUAL

JEFE DE SERVICIO

1.008,98

408,54

162,51

1.580,03

21.987,36

ENCARGADO ALMACEN

1.008,98

408,54

162,51

1.580,03

21.987,36

INSPECTOR PRINCIPAL

1.008,98

327,90

162,51

1.499,39

21.019,67

CAPATAZ

1.008,98

251,57

162,51

1.423,06

20.103,68

JEFE ADMINISTRACION

1.008,98

251,57

162,51

1.423,06

20.103,68

OFICIAL 1ª ADMINISTRACION

1.008,98

218,18

162,51

1.389,67

19.702,97

OFICIAL 2ª ADMINISTRACION

1.008,98

209,12

162,51

1.380,61

19.594,30

AUXILIAR

1.008,98

165,50

162,51

1.336,99

19.070,78

CONDUC,MECANICO, JEFE TALLER

1.008,98

216,39

162,51

1.387,88

19.681,53

JEFE ALMACEN

1.008,98

213,32

162,51

1.384,81

19.644,73

VIGILANTE

1.008,98

167,96

162,51

1.339,45

19.100,40

CONDUC 1ª, OFICIAL TALLER 1ª

1.008,98

216,39

162,51

1.387,88

19.681,53

CONDUC 2ª, OFICIAL TALLER 2ª

1.008,98

195,69

162,51

1.367,18

19.433,08

AYUDANTE

1.008,98

177,75

162,51

1.349,24

19.217,86

MOZO ESPECIALISTA

1.008,98

177,75

162,51

1.349,24

19.217,86

MOZO ORDINARIO

1.008,98

163,77

162,51

1.335,26

19.050,09

LIMPIADOR

1.008,98

163,77

162,51

1.335,26

19.050,09

ENGRADADOR LAVADOR

1.008,98

184,17

162,51

1.355,66

19.294,91

REPARTIDOR MERCANCIAS

1.008,98

163,77

162,51

1.335,26

19.050,09

           
           
           

DIETAS

DIETAS NACIONAL

 

34,89

     

DIETAS INTERNACIONAL

 

49,23

     

S .ACCIDENTES MUERTE

 

22.173,04

     

S .ACCIDENTES INVALIDEZ

 

33.254,91

     

Información adicional

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