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Lunes, 04 Octubre 2021 08:10

PRECIOS PÚBLICOS POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES YOGA ADAPTADO Y GERONTOGIMNASIA

2917

PRECIOS PÚBLICOS POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES YOGA ADAPTADO Y GERONTOGIMNASIA
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AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE


2917

Visto art. 4 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por realización de Actividades y Talleres Infantiles, Juveniles y de la Tercera Edad, publicada en BOP N. 156 de fecha 29 de diciembre de 2014, modificada en BOP N. 156 de fecha 28 de diciembre de 2016, se hacen públicas las Tarifas a aplicar a las Actividades del Curso 2021-2022.

Visto que, de conformidad con el mismo artículo, el pago habrá de realizarse mediante ingreso en las entidades autorizadas, con carácter previo a la prestación de cada actividad o taller, debiendo presentar el justificante de pago a la persona designada por el Ayuntamiento como requisito previo a la formalización de la inscripción y en todo caso, con antelación a su participación en dichas actividades. Se exige en todos los casos el establecimiento de un número mínimo de usuarios establecido en contrato, para que pueda desarrollarse el Taller o Actividad.

Visto expedientes 1001; 1002 y 1003/2021, en su virtud, esta Alcaldía, en atención a las atribuciones que le confiere el artículo 21,1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás preceptos concordantes de aplicación,  por este MI DECRETO, HE RESUELTO:

PRIMERO.- Aprobar el importe del precio público de las Actividades de Yoga Adaptado y Gerontogimnasia del Curso 2021-2022 de conformidad con la siguiente Tarifa por alumnos (la información específica está disponible en cada una de las sedes donde se celebran, así como en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre):

ACTIVIDADES

PRECIO PÚBLICO

YOGA ADAPTADO

12,00 €

GERONTOGIMNASIA

5,00€

*Sujetos a disponibilidad por número de alumnos.

** Exclusivamente se procederá a la devolución del precio público en los siguientes supuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5. 2º de la referida ordenanza “Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio público, el servicio la actividad no se preste o desarrolle, se procederá a la devolución del importe correspondiente”.

Igualmente, en el caso de pago anticipado, se procederá a la devolución cuando exista causa justificada, valorada por el responsable del servicio y acreditada documentalmente.

***Las Actividades podrán comenzar a partir del 01 de octubre de 2021.

****Con el exclusivo fin de no cerrar los grupos ante una eventual bajada de la demanda y no creación de grupo, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de poder incrementar los precios para el mantenimiento de la Actividad, de conformidad con la Ordenanza Fiscal, si existiese demanda para la continuación del Taller o Actividad o en último caso,  anular la actividad o el grupo, en su caso.

SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

En Villanueva de la Torre, a 09 de septiembre de 2021, la Alcaldesa, Sonsoles Rico Ordoñez

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