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Viernes, 27 Agosto 2021 08:08

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE COLECTIVO DE PRESCRIPCIÓN DE DERECHOS DE NATURALEZA PÚBLICA EJERCICIO 2017 Y ANTERIORES

2584

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE COLECTIVO DE PRESCRIPCIÓN DE DERECHOS DE NATURALEZA PÚBLICA EJERCICIO 2017 Y ANTERIORES
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SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN


2584

Mediante Resolución nº 2332/2021 de la Diputada delegada de Economía y Hacienda, de fecha 31/07/2021 se acuerda la aprobación del expediente nº: 3833/2021 de de declaración de prescripción del derecho a solicitar las devoluciones de ingresos indebidos por pago duplicados o excesivos, y por tanto, a obtener las devoluciones de ingresos indebidos por pago duplicados o excesivos, año 2017 y anteriores, que a continuación se transcribe, en su parte resolutiva:

“PRIMERO. Aprobar el expediente colectivo de prescripción, declarando prescritos el derecho a solicitar las devoluciones de ingresos indebidos por pago duplicados o excesivos, devoluciones de ingresos indebidos, relativas al año 2017 y anteriores, y por tanto, declarar extinguidas las deudas de naturaleza pública que de aquel derecho pudieran derivarse, es decir, el derecho a obtener el reconocimiento de tal derecho y por tanto, las devoluciones derivadas de los ingresos de naturaleza pública que se prescriben y que obran en documento anexo.

SEGUNDO. Notificar a los interesados la declaración de la prescripción y, por ende, extinción de las deudas, mediante su publicación en el BOP, en virtud del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC), dado que el expediente afecta a pluralidad de contribuyentes, cuyo elevado número imposibilita, materialmente, la notificación individual.

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El presente anuncio producirá los efectos de una notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, que se regula en el artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, en relación con el artículo 108 de la Ley 7/85 de 2 de Abril de Bases de Régimen Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente notificación, ante el mismo órgano que dicto? el acto. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes, desde su interposición (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Por su parte contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición referido, podrá? interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que el referido recurso de reposición deba entenderse desestimado de forma presunta, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, con arreglo a lo señalado en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Guadalajara, a 2 de agosto de 2021.  La Diputada delegada de Economía y Hacienda. Fdo.: Susana Alcalde Adeva

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