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Viernes, 23 Julio 2021 08:07

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACIÓN BASE 46 DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO 2021

2282

Aprobación definitiva de modificación Base 46 de ejecución del Presupuesto 2021. (Expediente 2513/2021)
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


2282

 

Aprobado inicialmente con fecha 18 de junio de 2021 el acuerdo de Pleno de modificación de la Base 46 de Ejecución de los Presupuestos 2021 y publicado anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 121 de 21 de junio de 2021, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el texto íntegro de la citada modificación que se reproduce a continuación.

Contra la aprobación definitiva del presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor de lo dispuesto en el art. 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

 

TEXTO DEL ACUERDO DE MODIFICACIÓN

PRIMERO.- Aprobar la modificación de la Base 46, apartados 2 y 6 de Ejecución de los presupuestos, con la nueva redacción.

"Base 46.

2. En las subvenciones por importe superior a 1.000,00 €, se podrá anticipar hasta el 50 por ciento, una vez aprobada y publicada la misma, previa verificación, por el Servicio, de que el beneficiario de la subvención está al corriente de sus obligaciones, con la Diputación Provincial y los Consorcios adscritos, derivadas de cualquier ingreso de derecho público y al corriente con el Servicio Provincial de Recaudación, quedando el importe restante pendiente de la aprobación hasta su justificación. No obstante, cuando se considere más adecuado para la correcta ejecución de la subvención, se podrán contemplar anticipos de hasta el 100% de la cantidad concedida.

6. En los convenios de colaboración con otras administraciones públicas se podrá prever hasta el 100% de la cantidad acordada."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Guadalajara, 21 de julio de 2021. El Presidente en funciones. Rubén García Ortega

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