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Lunes, 14 Junio 2021 08:06

BAJAS INCLUSIÓN INDEBIDA

1842

NOTIFICACION BAJAS INCLUSION INDEBIDA
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AYUNTAMIENTO DE ATIENZA


1842

SUMARIO

Resolución de Alcaldía n.º 63, del Ayuntamiento de Atienza por la que se notifica el inicio del expediente de baja de oficio en el padrón municipal por notificación fallida.

TEXTO

No habiéndose podido practicar la notificación personal de la Resolución de Alcaldía de fecha 28 de Abril,  en relación con la baja de oficio en el padrón municipal por inscripción indebida de:

  • Dª. LACRIMIOARA LUCRETIA STEFANUC
  • Dª. MIHAELA PINTILIE
  • Dª. MARIA LIONTI
  • D. TODOR YORDANOV BANCHEV
  • D. PLAMEN YORDANOV BANCHEV
  • D. VASILE BIDAN
  • Dª. PARASCA CIRT
  • D. JERZY ALEKSANDER ZMARZLY
  • MARIAN ZYDEK
  • Dª. BIANCA FIORELLA MARMOLEJOS
  • D. MARIUSZ TOMASZ NALEZNY
  • Dª. ROSEYLY MARIA MARTINEZ DANIELL
  • Dª. DESISLAVA IVANOVA
  • Dª. LAURA ANA MARIA PADURARIU
  • Dª. LUISA MARIA PADURARIU
  • D. MIHAI PADURARIU
  • Dª. KRISTINA DICHKOVA RACHEVA
  • D. CRISTIAN GAVRILUTA
  • D. FLAVIUS ANDREI CAZAMIR
  • D. MIHAI CAZAMIR
  • Dª. BRINDUSA-ELENA CAZAMIR
  • Dª. IOANA AMELIA DUMITRU
  • D. EREMIA DUMITRU
  • D. NATANAEL IONATAN DUMITRU
  • Dª. MARIA DUMITRU
  • Dª. EMIMA MARIA DUMITRU
  • D. EREMIA DUMITRU
  • Dª. ELENA RALUCA RUSU
  • Dª. LUCICA MERISESCU
  • D. DANUT MOGOS
  • D. LUCIAN PURDA
  • Dª. ELENA PURDA
  • D. LUCIAN IOAN PURDA
  • Dª. PATRICIA LUCIANA PURDA
  • Dª. ADINA MOROSANU

En cumplimiento de lo dispuesto la Providencia de Alcaldía de fecha 28 de Abril de 2021 y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el presente anuncio, se hace pública dicha resolución:

 RESUELVO

PRIMERO. Iniciar expediente de baja de oficio por la inscripción indebida de los interesados arriba indicados, en el padrón municipal de este Ayuntamiento.

SEGUNDO. Dar audiencia al interesado por plazo de quince días, para que manifieste si está o no de acuerdo con la baja pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside durante más tiempo al año, en el caso de vivir en varios municipios.

[Si el interesado manifiesta de forma expresa su conformidad con la baja se procederá a la misma y comunicará el municipio o país en el que vive habitualmente que se incluirá en el correspondiente expediente.

Si el afectado es un ciudadano extranjero que manifiesta vivir habitualmente en otro país, se dará de baja por cambio de residencia sin más trámite.

Si el afectado comunica residir habitualmente en otro municipio, o domicilio del mismo municipio, deberá solicitar por escrito el alta, o modificación, en el Padrón municipal correspondiente o, en el caso de ser un ciudadano español que no viva habitualmente en España, en el Padrón de españoles residentes en el extranjero. Esta solicitud la tramitará el mismo Ayuntamiento que se encargará de remitirla al correspondiente municipio de alta en los diez primeros días del mes siguiente o, si reside en el extranjero, al Instituto Nacional de Estadística que la trasladará, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, a la correspondiente oficina o sección consular para que proceda a darle, asimismo, de alta en el Registro de Matrícula.

Cuando intentada la notificación no se hubiera podido practicar, ésta se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En los casos en que el interesado manifieste su disconformidad con la baja o no efectúe alegación alguna una vez transcurrido el plazo señalado al efecto, la baja sólo podrá llevarse a cabo de acuerdo con los trámites establecidos reglamentariamente.].

TERCERO. Que, de haberse recibido alegaciones durante el trámite de audiencia, sean éstas remitidas al expediente a Secretaría para la emisión del informe-propuesta.

CUATRO. Con los informes anteriores, trasládese a este Alcaldía para que  resuelva lo que proceda.

Con esta publicación se consideran notificados los interesados en el procedimiento objeto de la misma, a los efectos establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Atienza, 8 de Junio de 2021. El Alcalde, Fdo. Pedro Loranca Garcés

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  • Municipios: Atienza
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