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Lunes, 10 Mayo 2021 08:05

ANUNCIO APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DEPORTIVAS

1395

ANUNCIO APROBACION INICIAL MODIFICACION ORDENANZA TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO Y REALIZACION DE ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DEPORTIVAS
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AYUNTAMIENTO DE CIFUENTES


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Expte. 204/2021

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2021  acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio y realización de actividades en instalaciones deportivas en los términos siguientes:

Artículo 5.-  Cuota tributaria

SERVICIOS QUE SE PRESTAN

TARIFA SIN LUZ

TARIFA CON LUZ

POLIDEPORTIVO MUNICIPAL

 

 

1. PISTAS

10 €

16 €

1.1. Alquiler una hora

 

 

2. CURSOS DEPORTIVOS (Escuela deportiva)

MENSUAL

2.1. Primer hermano

10 €

2.2. Segundo hermano

5 €

2.3. Tercer hermano y demás

0 €

3.- GIMNASIO

30 € mensuales

4.-PISTAS DE PADEL

3 €/hora

PISCINAS MUNICIPALES

 

 

PISCINAS VERANO

LABORABLES

FESTIVOS

  • ENTRADA ADULTO

3 € (3,1362 €)

4 € (4,1816 €)

  • ENTRADA INFANTIL

2 € (2,0908 €)

3 € (3,1362 €)

 

TEMPORADA

  • ABONO ADULTO

30 € (34,5400 €)

  • ABONO INFANTIL

24 € (25,0896 €)

  • ABONO FAMILIAR CON HIJOS HASTA 16 AÑOS

55 €

  • ABONO FAMILIAR SIN HIJOS

42 € (43,9068 €)

Artículo 6.- Exenciones y bonificaciones,-

En aplicación del artículo 9 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se reconoce una bonificación del 33 por ciento de la cuota mensual por uso del gimnasio a todas aquellas personas empadronadas en la localidad.”

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://cifuentes.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Cifuentes a 6 de mayo de 2021. El Alcalde, Don Marco Antonio Campos Sanchis

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