AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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DECRETO DE ALCALDÍA PRESIDENCIA
En aplicación de lo dispuesto en la Resolución de 20/02/2021, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
HE RESUELTO:
Durante la vigencia de las medidas nivel 2 definidas en la resolución referida, en virtud de las competencias recogidas en el artículo 124. 4 letra g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las de Bases del Régimen Local:
Primero. - Abrir los espacios monumentales que ostentan la categoría de depósitos museizados y/o salas museísticas emplazadas en ellos, con un aforo máximo fijado en el 50% de su capacidad, en concreto:
- Capilla de Luis de Lucena: 13 personas piso inferior (incluido el informador turístico) + 12 personas piso superior
- Torreón del Alamín: 12 personas (incluido el informador turístico)
- Salas expositivas del Palacio de la Cotilla: salas museísticas de Antonio Buero Vallejo (9 personas) y José de Creeft (10 personas)
Segundo. - Mantener la limitación de las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural a grupos de seis personas máximo, incluido el guía turístico habilitado. La reserva de estas actividades se realizará on-line y previo a su desarrollo.
Tercero. - Dar la máxima difusión de esta resolución mediante inserción en Boletín Oficial de la Provincial de Guadalajara y tablón de edictos, así como en la web municipal.
Guadalajara, 21 de febrero de 2021. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Guadalajara. D. Alberto Rojo Blas