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Lunes, 08 Febrero 2021 08:02

ADJUDICACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A DE SERVICIO CONTENCIOSO, PROVISTO MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN ABIERTA A MOVILIDAD INTERADMINISTRATIVA, VACANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

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ADJUDICACION DEL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A DE SERVICIO CONTENCIOSO, PROVISTO MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN ABIERTA A MOVILIDAD INTERADMINISTRATIVA, VACANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


310

Vista la Resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Guadalajara de 3 de febrero, donde se resuelve la adjudicación del puesto de Jefe de Servicio Contencioso, que fue ofertado mediante convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación y que publicada en el B.O.P. de Guadalajara con fecha 16 de diciembre de 2020.

De acuerdo con el Decreto referido, la adjudicación del puesto se ha resuelto de la forma siguiente:

“...Primero.- Adjudicar el puesto de Jefe de Servicio Contencioso mediante el sistema de libre designación, a Dª. Carmen García Pérez, de acuerdo a lo establecido en los arts. 70 y ss. de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Segundo.- Proceder a la publicación de la presente adjudicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Tercero.- La funcionaria propuesta cesará en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el diario o boletín oficial correspondiente o al del cese de la anterior persona titular del puesto adjudicado. El plazo de toma de posesión del puesto se producirá en el plazo de tres días...”

Lo anterior se hace público para su general conocimiento, de acuerdo a lo establecido en el art. 70.3 de Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

Guadalajara, 4 de febrero de 2021.D. Santiago Baeza San Llorente. Concejal Delegado de Recursos Humanos

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