AYUNTAMIENTO DE CENDEJAS DE ENMEDIO
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Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Transferencia de crédito |
Créditos finales |
|
1532 |
609 |
Pavimentación calle |
0,00 |
16.940,00 |
16.940,00 |
165 |
22799 |
Reparación alumbrado público |
0,00 |
526,69 |
526,69 |
Transferencias negativas
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Transferencia de crédito |
Créditos finales |
|
337 |
622 |
Acondicionamiento local para bar Centro Social |
30.000,00 |
- 16.940,00 |
13.060,00 |
920 |
224 |
Primas seguros |
2.820,00 |
- 526,69 |
2.293 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cendejas de Enmedio, a 18 de enero de 2020. El Alcalde. Fdo.: David Cañamares Pastor