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Lunes, 21 Diciembre 2020 08:12

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO

3417

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO
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AYUNTAMIENTO DE TORIJA


3417

Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 7/2020 en la modalidad de suplemento de crédito lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de Crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

171

22799 

Mantenimiento zonas verdes  

14.520

17.600

32.120 

323 

21200 

Arreglo gotereas colegio  

8.000

7.100 

15.100 

920

21200 

Adecuación archivo municipal para área administrativa  

3.000 

66.550

69.550 

323

22799

Refuerzo limpieza colegio, medidas Covid CAI,

70.000

53.000

123.000

323

22103

Suministro Pellets colegio

20.000

10.000

30.000

151

22799

Servicios urbanismo

88.895,24

60.000

148.895,24

231

22799

Amliación servicios sociales

150.000

19.500

169.500,00

920

13000

Retribuciones personal laboral

16.000,07

14.000

30.000,07

920

13001

Retribuciones complementarias personal laboral

5.494,64

14.000

19.494,64

 

 

TOTAL

375.909,95 

261.750,00 

637.659,95

Esta modificación se financia con cargo nuevos ingresos resultante de la mayor recaudación en concepto de ICIO, en los siguientes términos:

Aplicación económica

Descripción

Presupuestado

Recaudado

290 

Impuesto instalaciones, construcciones y obras 

25.600,00

1.135.009,52

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Torija a 17 de diciembre de 2020. El Alcalde, Rubén García Ortega.

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