AYUNTAMIENTO DE ATIENZA
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Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos bajo la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos |
Transferencia de crédito |
Créditos |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
171 |
609 |
Parque Infan |
12.000,00 |
10.448,53 |
22.448,53 |
450 |
609 |
Infraestrutura |
70.000,00 |
44.551,47 |
114.551,47 |
|
|
TOTAL |
82.000,00 |
55.000,00 |
137.000,00 |
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos |
Transferencia de crédito |
Créditos |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
338 |
221 |
Fiestas y Fes |
65.000,00 |
55.000,00 |
10.000,00 |
|
|
TOTAL |
65.000,00 |
55.000,00 |
10.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado
Atienza 7 diciembre de 2020. El Alcalde, Fdo. Pedro Loranca Garcés