AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Con fecha 16 de septiembre de 2020 el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado el siguiente
DECRETO
Según lo dispuesto en el Decreto 49/2020, de 22 de agosto, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad se aplicaban una serie de condiciones de aforo y medidas de higiene para los mercadillos al aire libre.
Dichas medidas han sido objeto de restricción en la Resolución de la Delegación Provincial de Sanidad de Guadalajara de 16 de septiembre de 2020 por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública para la contención de la expansión del COVID-19 ante brotes comunitarios COVID-19 en el municipio de Guadalajara,
En consecuencia, bajo observancia de lo prescrito y en virtud de las competencias recogidas en el artículo 124. 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las de Bases del Régimen Local, por el presente
RESUELVO
Primero- Suspensión de los mercadillos de martes y sábados y de cualquier tipo de venta ambulante en general en la ciudad y sus barrios anexionados.
Segundo- Estas medidas entrarán en vigor de forma inmediata.
Tercero- Dese máxima difusión al mismo mediante inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y tablón de edictos, y publíquese en la web municipal.
En Guadalajara, a 21 de septiembre de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Alberto Rojo Blas