Imprimir esta página
imagen no encontrada
Lunes, 14 Septiembre 2020 08:09

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y MICROEMPRESAS DE ALOVERA AFECTADAS POR LA CRISIS ECONÓMICA PRODUCIDA POR COVID-19

2343

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y MICROEMPRESAS DE ALOVERA AFECTADAS POR LA CRISIS ECONÓMICA PRODUCIDA POR COVID-19
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE ALOVERA


2343

Texto ES: BDNS(Identif.): 523253

Extracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Alovera, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a personas trabajadoras autónomas y microempresas de Alovera afectadas por la crisis económica producida por Covid-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo pue de consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero.- Objeto

1. Las medidas excepcionales puestas en marcha para la contención de la pandemia han afectado gravemente al tejido socioeconómico del municipio produciendo severos e inesperados efectos en la estabilidad de las microempresas y personas autónomas que desarrollan su actividad.

Esta situación requiere el desarrollo de acciones extraordinarias y urgentes que permitan reducir el impacto de la crisis económica contribuyendo al aumento de liquidez del tejido productivo con el fin de reactivar la economía local lo antes posible.

El Ayuntamiento de Alovera ha creado una línea de subvenciones a establecimientos comerciales obligados al cierre por la declaración del estado de alarma, pero existen otros negocios que, no encontrándose en este colectivo, han visto mermada notablemente su actividad llevándolos a una situación crítica de supervivencia del mismo.

Esta situación ha impulsado la decisión de articular nuevas ayudas dirigidas a los negocios que quedan sin cobertura en la línea de subvenciones anterior con el fin de compensar las serias consecuencias que también estas personas autónomas o microempresas están sufriendo.

La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a minimizar el impacto de la crisis económica provocada por esta situación excepcional y lograr que se reactive la economía local lo antes posible.

Las actuaciones, que responden a una situación imprevisible y con terribles efectos globales, tienen el carácter de máxima urgencia, por lo que se opta por la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Estas subvenciones, necesarias para la satisfacción de las necesidades sociales y económicas que con ellas se pretenden, responden a los principios de eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.

Será condición indispensable para acceder a las ayudas, que la persona solicitante tenga su domicilio fiscal en Alovera y que estando desarrollando una actividad económica antes de la declaración del estado de alarma haya visto reducidos significativamente sus ingresos así como que cumpla los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria.

Segundo.- Bases reguladoras

La concesión de estas subvenciones se enmarcan dentro las bases reguladoras que han de regir la convocatoria de subvenciones a personas trabajadoras autónomas y microempresas de Alovera afectadas por la crisis económica producida por Covid-19, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento el 29 de junio de 2020 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara núm. 151 de 11 de agosto de 2020.

Tercero.- Cuantía de la ayuda

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán al programa presupuestario 4347900 COMERCIO cuyo importe asciende a 18.000,00 euros.

2. La cuantía de la subvención a recibir por cada persona beneficiaria será de 200,00 euros.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes

La presentación de la solicitud se realizará por el titular del negocio o su representante, preferentemente por medios telemáticos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alovera o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones así como en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alovera https://alovera.sedelectronica.es e irán dirigidas a la Alcaldesa del Ayuntamiento.

En Alovera a 10 de septiembre de 2020.- La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y MICROEMPRESAS DE ALOVERA AFECTADAS POR LA CRISIS ECONÓMICA PRODUCIDA POR COVID-19

1. BASES REGULADORAS

1. La concesión de estas subvenciones se enmarcan, dentro las bases reguladoras que han de regir la convocatoria de subvenciones a personas trabajadoras autónomas y microempresas de Alovera afectadas por la crisis económica producida por Covid-19, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento el 29 de junio de 2020 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara núm. 151 de 11 de agosto de 2020.

2. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán al programa presupuestario 4347900 COMERCIO cuyo importe asciende a 18.000,00 euros.

2. La cuantía de la subvención a recibir por cada persona beneficiaria será de 200,00 euros.

3. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN

1. Las medidas excepcionales puestas en marcha para la contención de la pandemia han afectado gravemente al tejido socioeconómico del municipio produciendo severos e inesperados efectos en la estabilidad de las microempresas y personas autónomas que desarrollan su actividad.

Esta situación requiere el desarrollo de acciones extraordinarias y urgentes que permitan reducir el impacto de la crisis económica contribuyendo al aumento de liquidez del tejido productivo con el fin de reactivar la economía local lo antes posible.

El Ayuntamiento de Alovera ha creado una línea de subvenciones a establecimientos comerciales obligados al cierre por la declaración del estado de alarma, pero existen otros negocios que, no encontrándose en este colectivo, han visto mermada notablemente su actividad llevándolos a una situación crítica de supervivencia del mismo.

Esta situación ha impulsado la decisión de articular nuevas ayudas dirigidas a los negocios que quedan sin cobertura en la línea de subvenciones anterior con el fin de compensar las serias consecuencias que también estas personas autónomas o microempresas están sufriendo.

La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a minimizar el impacto de la crisis económica provocada por esta situación excepcional y lograr que se reactive la economía local lo antes posible.

Las actuaciones, que responden a una situación imprevisible y con terribles efectos globales, tienen el carácter de máxima urgencia, por lo que se opta por la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Estas subvenciones, necesarias para la satisfacción de las necesidades sociales y económicas que con ellas se pretenden, responden a los principios de eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.

Será condición indispensable para acceder a las ayudas, que la persona solicitante tenga su domicilio fiscal en Alovera y que estando desarrollando una actividad económica antes de la declaración del estado de alarma haya visto reducidos significativamente sus ingresos así como que cumpla los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria.

3. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN

1. El procedimiento de concesión será el régimen de concurrencia competitiva mediante el cual la concesión se realiza por comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con el criterio de valoración fijado en las bases reguladoras y en el apartado 9 de esta convocatoria.

4. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y FORMA DE ACREDITARLOS

1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas trabajadoras autónomas o microempresas, con domicilio fiscal en Alovera, que haya sufrido en el mes de abril de 2020 una reducción de su facturación de al menos el 60% en comparación con abril de 2019 y no siendo posible tomar dicha referencia, la comparación se realizará en relación con el promedio de facturación mensual efectuada desde el inicio de su actividad hasta la declaración de estado de alarma.

2. A los efectos de estas ayudas se entenderá como:

  1. Personas trabajadoras autónomas aquellas personas físicas dadas de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social, que realizan de forma habitual, personal y directa una actividad económica, siendo esta la principal fuente de ingresos, excluyendo las personas trabajadoras autónomas que solo desarrollan la actividad por cuenta propia dentro de una entidad sin personalidad jurídica.
  2. Microempresas aquellas empresas que ocupan a menos de 10 personas y volumen de negocios anual o balance general no excedan de 2 millones de euros y se ajustan a la definición de microempresa establecida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE L 124, de 20 de mayo de 2003).

3. Requisitos:

  1. Estar dada de alta la actividad en el Censo de Actividades Económicas de A.E.A.T (Hacienda) y en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente en el momento de la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020.
  2. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con Seguridad Social o con la mutualidad de previsión social correspondiente, así como con el Ayuntamiento de Alovera.
  3. Tener el domicilio fiscal en Alovera.
  4. En el caso de personas físicas, estar empadronadas en Alovera.
  5. En el caso de personas jurídicas, tener el domicilio social en Alovera.

4. No podrán ser beneficiarios las personas o entidades en quienes concurran alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

5. Se excluyen las personas trabajadoras autónomas o microempresas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Aquellos cuya actividad haya sido subvencionada por la línea de subvenciones del Ayuntamiento de Alovera dirigida a establecimientos comerciales minoristas que se han visto obligados a cerrar su establecimiento como consecuencia de las medidas excepcionales adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020 de 17 de marzo.
  2. Aquellas que teniendo su domicilio fiscal en Alovera desarrollen su actividad en local comercial ubicado en otra localidad.

6. Los requisitos se acreditarán a través de la documentación establecida en el punto 7 de esta convocatoria.

5. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Alovera, será obligación de los beneficiarios mantener la actividad durante al menos un período de tres meses a partir del día siguiente a la notificación de la concesión de la ayuda.

6. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN

1. La instrucción del procedimiento será realizada por el técnico del Área de Empleo y Desarrollo Local, que gestiona la concesión de la subvención.

2. La concesión de la subvención se realizará por el órgano que resulta competente conforme a la normativa de aplicación, siendo en este caso Alcaldía.

7. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1. Las solicitudes se formularán en el modelo Anexo I. La presentación de la solicitud se realizará por el titular del negocio o su representante, preferentemente por medios telemáticos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alovera o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones así como en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alovera https://alovera.sedelectronica.es e irán dirigidas a la Alcaldesa del Ayuntamiento.

2. Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:

  1. Modelo de representación manifestando la autorización para actuar ante el Ayuntamiento de Alovera, si la persona que firma la solicitud no es el titular del negocio o, siendo una persona jurídica el titular del negocio, no es el representante de dicha persona jurídica. Anexo II.
  2. Copia del NIF del titular del negocio.
  3. En el caso de persona jurídica copia del CIF y de las escrituras de constitución.
  4. Copia del NIF del presentador de la solicitud, en su caso.
  5. Certificado bancario acreditativo del número de cuenta corriente de titularidad del solicitante.
  6. Declaración responsable. Anexo III.
  7. Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre Situación Censal que indique la actividad económica, con su fecha de alta, el domicilio fiscal, y en su caso, la ubicación del local de desarrollo de la actividad.

3. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de cinco días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.

4. Las solicitudes presentadas presumen la aceptación incondicional de las Bases Reguladoras de estas subvenciones y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en las mismas.

5. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá comportar, en función de

su importancia, la denegación de la subvención.

8.INICIO, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

1. Iniciación. El procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

2. Instrucción. Recibidas las solicitudes, por el órgano instructor se emitirá informe en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.

El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones se estimen necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba redactarse la propuesta de resolución.

3. El órgano instructor, a la vista del expediente formulará una propuesta de resolución, debidamente motivada, con la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención y su cuantía, que se publicará en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Alovera (https://alovera.sedelectronica.es) surtiendo todos los efectos de notificación practicada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, concediendo un plazo de cinco días para presentar alegaciones.

Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el trámite.

La propuesta de resolución no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.

4. Resolución. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, el órgano competente resolverá el procedimiento.

La resolución se motivará de conformidad con lo que dispongan las Bases Reguladoras debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la misma.

El Acuerdo de concesión de la subvención, que pone fin a la vía administrativa, será notificado a los interesados, en el plazo máximo de cinco días a contar desde su adopción y en el mismo figurarán los fines, el importe, la forma de abono de la subvención, y el plazo y la forma de justificación.

Deberá contener, además, la relación de solicitantes a los que se concede la subvención, haciendo constar, en su caso y de manera expresa, la desestimación y la no concesión del resto de las solicitudes, por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida.

9. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y PONDERACIÓN DE LOS MISMOS

1. Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de mayor pérdida sufrida, según porcentaje de reducción de facturación, siempre que cumplan los requisitos establecidos y que la solicitud a aportar esté completa, y hasta el agotamiento de la financiación disponible.

2. En caso de empate del porcentaje de reducción de facturación, las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas.

10. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses. Este plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.

2. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

3. La concesión de subvenciones se notificará individualmente a los beneficiarios, una vez hayan sido aprobadas por el órgano competente del Ayuntamiento de Alovera, publicándose en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Alovera (https://alovera.sedelectronica.es).

4. Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con lo indicado en el artículo 18.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información sobre las resoluciones de concesión recaídas en los términos que establece el artículo 20 del citado texto legal.

11. RECURSOS

Contra los Acuerdos del órgano competente para conceder la subvención, podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, si el acto fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de TRES MESES, contado a partir del día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo; o bien podrá interponerse directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en los términos establecidos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En caso de interponerse el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel.

12. FORMA Y REQUISITOS PARA EL ABONO

Con la resolución de concesión, se anticipará el total de la cantidad concedida, mediante un pago único que se realizará mediante transferencia bancaria sin que sea necesaria la constitución de garantías.

13. JUSTIFICACIÓN. MEDIOS POR LOS QUE DEBERÁ ACREDITARSE EL EMPLEO DE LOS FONDOS PÚBLICOS

En el cuarto mes a partir del día siguiente a la notificación de la concesión de subvención, la persona beneficiaria de la subvención presentará en el Ayuntamiento de Alovera:

  • Informe de Vida Laboral actualizado, en el caso de personas trabajadoras autónomas.
  • Certificado actualizado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre Situación Censal que indique la actividad económica, con su fecha de alta, el domicilio fiscal y, en su caso, el local de desarrollo de la actividad.

 

14. MODIFICACIÓN, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO 

1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.

2. El reintegro total o parcial de la subvención tendrá que ser acordado por el órgano concedente de la misma, siempre respondiendo al principio de proporcionalidad

2. Además de los supuestos establecidos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, y atendiendo al principio de proporcionalidad, procederá la devolución íntegra o parcial de la subvención concedida y, en su caso, la exigencia del interés de demora devengado desde el momento de su abono, en los siguientes casos:

a) No mantener la actividad durante los tres meses posteriores al día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención.

b) Incumplimiento de la obligación de justificar.

c) Resistencia, obstrucción o negativa a las actuaciones de control financiero.

d) Falsedad en los datos aportados para optar a la solicitud de la ayuda.

3. Cuando la persona beneficiaria cese en la actividad en plazo inferior al señalado, en este supuesto, procederá el reintegro de forma proporcional al tiempo que reste del cumplimiento de los tres meses.

4. En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas con motivo de la concesión de la subvención, la persona o empresa beneficiaria podrán efectuar la devolución voluntaria de la cantidad percibida.

15. INSPECCCIÓN  

El Ayuntamiento de Alovera realizará cuantas comprobaciones estime necesarias para el adecuado seguimiento y control de las actividades subvencionadas.

16. INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS  

Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Título IV del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Asimismo, será de aplicación lo previsto en los arts. 25 al 31 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

17. RÉGIMEN JURÍDICO

Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2005, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y aquella otra normativa que le fuera aplicable.

18. PUBLICIDAD DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS

1. Se deberán publicar en el Tablón de edictos del Ayuntamiento un extracto de las subvenciones concedidas, que deberá contener como mínimo la expresión de la convocatoria, beneficiarios y cuantía de las subvenciones. En cualquier caso, se estará a lo previsto en el art. 30 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

2. No será necesaria la publicación de los datos del beneficiario cuando por razón del objeto de la subvención, pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal y familiar de las personas físicas.

19. PROTECCIÓN DE DATOS

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del tratamiento de datos

Ayuntamiento de Alovera.

Encargado del tratamiento

Gestor electrónico de expedientes GESTIONA.

Finalidad del tratamiento

Tramitar la concesión de subvenciones municipales.

Legitimación del tratamiento

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos otorgados a esta Entidad.

Destinatarios de cesiones o transferencias

Se cederán datos, en su caso, a otras Administraciones Públicas. No hay previsiones de transferencias a terceros países.

Derechos de las personas interesadas

Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional.

Información adicional

Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el cartel expuesto en Información y Registro del que se puede pedir una copia y en http://alovera.sedelectronica.es/transparency/

 

ANEXO I  

Solicitud de subvención a personas trabajadoras autónomas y microempresas de Alovera afectadas por la crisis económica producida por Covid-19

DATOS DEL NEGOCIO

NOMBRE COMERCIAL

EPÍGRAFE IAE

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

DIRECCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO / LUGAR DONDE REALIZA LA ACTIVIDAD

E-MAIL DEL NEGOCIO

TELÉFONO DEL NEGOCIO

DATOS DEL TITULAR DEL NEGOCIO

NOMBRE (PERSONA FÍSICA O JURÍDICA, SEGÚN PROCEDA)

DOMICILIO (PERSONA FÍSICA)

NIF/CIF

DOMICILIO FISCAL (PERSONA JURÍDICA)

DOMICILIO SOCIAL

E-MAIL

TELÉFONO

DATOS DEL REPRESENTANTE (EN EL CASO DE PERSONA JURÍDICA)

NOMBRE Y APELLIDOS

NIF 

DOMICILIO

E-MAIL

TELÉFONO

DATOS DEL PRESENTADOR DE LA SOLICITUD (EN EL CASO DE QUE SEA DIFERENTE DE LOS ANTERIORES)

NOMBRE Y APELLIDOS

NIF

E-MAIL

TELÉFONO

NOTIFICACIÓN

E-MAIL A EFECTOS DE NOTIFICACIONES:

SOLICITO subvención por la crisis económica producida por Covid-19.

ACEPTO expresa e íntegramente el contenido de las Bases reguladoras así como la totalidad de la regulación aplicable a la presente convocatoria con todas las obligaciones que de la misma se deriven.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO A LA SOLICITUD

 

Modelo de representación. Anexo II

 

Copia del NIF del titular del negocio

 

Copia del CIF y escrituras de constitución, en caso de persona jurídica

 

Copia del NIF del presentador de la solicitud, en su caso.

 

Certificado bancario acreditativo del número de cuenta

 

Declaración responsable. Anexo III

 

Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre Situación Censal que indique la actividad económica, con su fecha de alta, el domicilio fiscal y, en su caso, la ubicación del local de desarrollo de la actividad.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del tratamiento de datos

Ayuntamiento de Alovera

Engargado del tratamiento

Gestor de expedientes. GESTIONA

Finalidad del tratamiento

Tramitar la concesión de subvenciones municipales

Legitimación del tratamiento

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatarios de cesiones o transferencias

Se cederán datos, en su caso, a otras Administraciones Públicas y a los Encargados del Tratamiento de los datos. No hay previsiones de transferencias a terceros países.

Derechos de las personas interesadas

Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal como se explica en la información adicional.

Información adicional

Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en las bases reguladoras de estas subvenciones, en su convocatoria y en http://alovera.sedelectronica.es/transparency/

                                                                                                      EL SOLICITANTE

En Alovera, a ____ de ______________ de 2020                                           

                                                                                                                                                                            Firmado

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALOVERA

 

 

 

ANEXO II
Modelo de Representación

 

Don / Doña ……………………………………………. con NIF …………………………………,

como titular/representante del negocio  ……………....……………………………………….….,

AUTORIZO A

Don / Doña ……………………………………………. con NIF …………………………………, 

A realizar cuantos trámites sean precisos para tramitar la subvención por la crisis económica producida por Covid-19.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del tratamiento de datos

Ayuntamiento de Alovera.

Engargado del tratamiento

Gestor de expedientes. GESTIONA

Finalidad del tratamiento

Tramitar la concesión de subvenciones municipales

Legitimación del tratamiento

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatarios de cesiones o transferencias

Se cederán datos, en su caso, a otras Administraciones Públicas y a los Encargados del Tratamiento de los datos. No hay previsiones de transferencias a terceros países.

Derechos de las personas interesadas

Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal como se explica en la información adicional.

Información adicional

Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en las bases reguladoras de estas subvenciones, en su convocatoria y en http://alovera.sedelectronica.es/transparency/

 

 

En …………………………….., a …………. de ………………….. de 2020

 

                        Firma del autorizante                                          Firma del autorizado

 

                     …………………………..                                           …………………………….

 

 

ANEXO III

Declaración responsable

Don / Doña …………….………………………………. con NIF …………………………………, 

como titular/representante del negocio ……………....……………………………………….….,

habiendo solicitado al Ayuntamiento de Alovera participar en la convocatoria de subvenciones por la crisis económica producida por Covid-19.   

DECLARO DE FORMA RESPONSABLE

  1. Que son ciertos todos los datos consignados en esta solicitud y que reúno todos los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.
  2. Declaro conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportada podré ser excluido de este procedimiento de concesión, pudiendo ser objeto de sanción en aplicación la normativa vigente que proceda.
  3. Que el negocio se encontraba de alta y en funcionamiento en el momento de la declaración del estado de alarma.
  4. Que ni la persona física solicitante ni, en su caso, los representantes legales de la persona jurídica solicitante, se encuentran en alguno de los supuestos de exclusión para la obtención de ayudas públicas a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  5. Que la persona física o jurídica solicitante se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  6. Que la persona física o jurídica solicitante se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alovera.
  7. Que la persona física o jurídica solicitante se halla al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  8. Que los ingresos del negocio en el mes de abril 2020 se han visto reducidos en un 60 % respecto al ejercicio anterior o no siendo posible tomar esta referencia, respecto al promedio mensual de facturación desde el inicio de la actividad hasta la declaración del estado de alarma.
  9. Que dispongo de la documentación acreditativa de tal circunstancia en los libros de  contabilidad y/o registro de facturas u otros documentos indicando lo siguiente:
    1. Facturación del mes de abril 2020 _____________________________ €
    2. Facturación del mes de abril 2019 _____________________________ €

Si no es posible la comparación con 2019:

c. Facturación media mensual desde el inicio de la actividad __________ €

d. Porcentaje de reducción de facturación ________________________ %

e. Número de trabajadores equivalentes a tiempo completo en el momento de presentar la solicitud ________________

j. Que me comprometo al mantenimiento del negocio durante los tres meses siguientes a partir del día siguiente de la notificación de la concesión de la subvención.

k. Que el importe de la subvención, unido al de otras posibles subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, no supera la merma de ingresos de la actividad como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus SarsCov-2.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del tratamiento de datos

Ayuntamiento de Alovera.

Engargado del tratamiento

Gestor de expedientes. GESTIONA

Finalidad del tratamiento

Tramitar la concesión de subvenciones municipales

Legitimación del tratamiento

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatarios de cesiones o transferencias

Se cederán datos, en su caso, a otras Administraciones Públicas y a los Encargados del Tratamiento de los datos. No hay previsiones de transferencias a terceros países.

Derechos de las personas interesadas

Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal como se explica en la información adicional.

Información adicional

Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en las bases reguladoras de estas subvenciones, en su convocatoria y en http://alovera.sedelectronica.es/transparency/

Lugar, Fecha y firma

EL SOLICITANTE

Firmado

 

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALOVERA

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Alovera
Visto 250 veces