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Miércoles, 02 Septiembre 2020 08:09

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA: SUPLEMENTO DE CRÉDITO

2255

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION PRESUPUESTARIA: SUPLEMENTO DE CREDITO
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AYUNTAMIENTO DE ROMANONES


2255

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Romanones por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 06/2020 del Presupuesto en vigor que actualmente se encuentra en situación de prorrogado.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 24/07/2020, suplemento de credito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Altas en aplicaciones de Gastos

Aplicación Presupuestaria

Descripción

Crédito inicial

Crédito extraordinario

Crédito definitivo

920

227

trabajos realizados por otros profesionales

4200,00

13258,31

17.458,31

165

221

Alumbrado público. Suministros.

5800,00

291,99

6.091,99

161

221

Suministros agua potable

6.600,00

3565,89

10.165,89

920

760

Transferencias de capital a la Diputación

0,00

11863,03

11.863,03

920

22702

Trabajos realizados por otros profesionales pacto de estado contra a violencia de Genero

0,00

708,44

708,44

1621

463

Transferencias a la Mancomunidad de Villas Alcarreñas

14.813,62

2.231,00

17.044,62

1532

221

Suministros en materia de vías públicas e infraestructuras

2.200,00

4.235,7

6.435,70

342

609

Inversiones deportivas

0,00

6.468,20

6468,20

161

761

Transferencias a la Diputación Provincial para la renovación de redes

0,00

2.250,00

2.250,00

2.º FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en Conceptos de Ingresos

Concepto Descripción Euros
870 Remanente de tesorería 44.872,56
  TOTAL INGRESOS 44.872,56

3. º JUSTIFICACIÓN

Quedan justificados en el expediente el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Romanones a 25 de Agosto de 2020. El Alcalde, Jose A. Ponce del Campo

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