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Martes, 04 Agosto 2020 08:08

CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES DE ACCIÓN SOCIAL/ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DURANTE EL EJERCICIO 2020

1998

CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES DE ACCIÓN SOCIAL/ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DURANTE EL EJERCICIO 2020.
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. CONCEJALÍA DE BIENESTAR SOCIAL


1998

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de fecha 28 de julio de 2020 por el que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a Organizaciones de Acción Social/Entidades sin ánimo de lucro durante el ejercicio 2020.

BDNS CÓDIGO : 518205

Texto del anuncio

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a. de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara.

Primero. Objeto

Es objeto de la convocatoria regular la concesión de ayudas destinadas a Organizaciones No Gubernamentales/Entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, para la realización de aquellas actividades que constituyen el contenido principal de los programas destinados a la consecución de logros y objetivos de naturaleza social durante el ejercicio 2020 y para los que soliciten subvención, priorizándose los siguientes:

  • Gastos destinados a cubrir necesidades básicas de alimentación, higiene y alojamiento para personas sin hogar o con escasos recursos económicos.
  • Programas y actividades dirigidas a personas drogodependientes, incluyendo actuaciones de carácter preventivo y el fomento de los hábitos saludables.
  • Actividades dirigidas al fomento de la interculturalidad, ocio y tiempo libre, especialmente las actividades de sensibilización realizadas con colegios o con niños.
  • Actividades de prevención del fracaso escolar y alfabetización en coordinación con los centros escolares. Medidas de apoyo a familias vulnerables en proyectos de educación telemática escolares y extraescolares.
  • Actuaciones dirigidas a promover los derechos, facilitar la reinserción social y proporcionar apoyo a niños inmigrantes que sufren las consecuencias de conflictos familiares o de cualquier otra índole o de desastres naturales, incluyendo actividades de ocio y diversión para los mismos.
  • Talleres y cursos de formación, preferentemente realizados en espacios municipales, que fomenten la participación activa y la creatividad de colectivos vulnerables o en situación de exclusión social.
  • Actividades y programas que fomenten el bienestar de las personas mayores y/o en situación de dependencia, y/o sus cuidadores familiares.
  • Escucha activa y asesoramiento, en general, a los sectores de población con necesidades especiales.
  • En general, acciones que promuevan la integración, la reinserción y la ayuda a los colectivos vulnerables, así como la mejora de su calidad de vida. Priorizando la atención de situaciones de extrema vulnerabilidad generadas por la epidemia del COVID-19
  • Cualquier actividad o programa cuyo objetivo se enfoque a la intervención en barrios desfavorecidos o tenga un significado especial para la Entidad y quedando debidamente justificada su solicitud dentro del área social.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las Organizaciones No Gubernamentales/Entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo actividades y programas destinadas a reducir o paliar situaciones de emergencia económico-social, legalmente constituidas el municipio de Guadalajara, y que desarrollen sus actividad/es y tengan su domicilio social y/o delegación en el municipio de Guadalajara.

Tercero. Bases reguladoras

Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara para el ejercicio 2020; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, nueva redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara publicada el 14 de marzo de 2016 (http://boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.html) en el BOP de Guadalajara nº 32 y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.

Cuarto. Fines

El Ayuntamiento de Guadalajara, desde la Concejalía de Bienestar Social, Mayores, Diversidad e Igualdad de Trato, dentro de las actuaciones llevadas a cabo en la ejecución de programas en materia de acción social, pretende promover la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos de nuestro municipio, con especial incidencia en la integración, apoyo y participación en la vida comunitaria de colectivos sociales en riesgo de exclusión social, atendiendo las necesidades urgentes y específicas de cada colectivo y apoyando a las Entidades y Organizaciones No Gubernamentales que llevan a cabo programas y actividades en materia de acción social.

Quinto. Cuantía

La cuantía de la subvención concedida para esta convocatoria asciende a la cantidad de 60.000 euros, ficha n.º 27 del Plan Estratégico de Subvenciones, anualidades 2020-2022, aprobado por Junta de Gobierno Local de 19 de mayo de 2020, y se asignará hasta el límite del crédito disponible.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Guadalajara a 31 de julio de 2020. El Concejal de Bienestar Social. Ignacio de la Iglesia Caballero.

Información adicional

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