AYUNTAMIENTO DE TAMAJÓN
1942
Este Ayuntamiento en cumplimiento de lo previsto en el artículo 44 de la ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se procede a la siguiente notificación vía anuncio en el BOP, tablón de anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica.
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Vista la inspección realizada, en el inmueble, por los servicios técnicos municipales, en relación con el siguiente bien inmueble propiedad de HEREDEROS DE ANTONIO ESTEBAN VERGES, EN LA CALLE DE ENMEDIO, NUMERO 26 DE TAMAJON.
En el que parece que no se ha procedido al cumplimiento de la orden de ejecución:
D. ALFONSO CRIADO ORTIZ, EMITIO INFORME CON FECHA 23 DE ENERO DE 2.019, CON LA ORDEN DE EJECUCION FORZOSA.
A la vista de los siguientes antecedentes:
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Acordar la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento para la realización de las siguientes actuaciones:
"DESMONTAJE DE CUBIERTA, ARREGLO DE LA MEDIANERA DERECHA Y MONTAJE DE CUBIERTA NUEVA, CON UN PRESUPUESTO DE 30.000 EUROS."
El coste de los trabajos a realizar, así como de los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento de la ejecución correrá a cargo del siguiente/de los siguientes propietario/s:
30.000 EUROS, cuantificado por el técnico municipal. .
SEGUNDO. La ejecución subsidiaria de las actuaciones por parte del Ayuntamiento se llevará a cabo a partir del día que los servicios municipales , estén preparados, en el plazo más breve .
TERCERO. Trasladar la presente Resolución a técnico municipal, D. Alfonso Criado Ortiz, para la realización de las actuaciones precisas para llevar a efecto el contenido de la presente ejecución subsidiaria.
CUARTO. Notificar a los interesados la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Tamajón, a 12 de diciembre de 2019. El Alcalde: Eugenio Esteban de la Morena