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Anquela del Pedregal
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Argecilla
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Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
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Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
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Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
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Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
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Miércoles, 01 Julio 2020 08:07

BOLSA EMPLEO PEÓN

1571

BOLSA EMPLEO PEON
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AYUNTAMIENTO DE HUMANES


1571

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 153 de fecha 26 de Junio, las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en Boletín Oficial de la Provincia.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://humanes.sedelectronica.es y, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

 

BASES ESPECÍFICAS PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE TRABAJO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL DE OFICIOS  A EFECTOS DE SU CONTRATACIÓN TEMPORAL O INTERINIDAD POR EL AYUNTAMIENTO DE HUMANES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Dadas las necesidades que, puntualmente, se vienen produciendo en los servicios de personal de oficios, debido prioritariamente a bajas por enfermedad, así como a jubilaciones del personal en plantilla y que las mismas deben ser cubiertas de forma transitoria.

Dados los escasos recursos humanos y técnicos con los que se cuenta en dicho servicio, es por lo que se hace necesario contar con una Bolsa de Trabajo con el objeto de cubrir dichas vacantes.

Dado que se encuentra pendiente de aprobación la Oferta de Empleo Público en el ejercicio 2020, y que mientras no se resuelva la misma es necesario seguir prestando los servicios obligatorios que establece el art. 26 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, ley 7/1985 de 2 de abril, por lo que se hace necesaria la contratación temporal de personal de oficios mientras se pueda realizar y resolver el correspondiente proceso selectivo para la cobertura de dichas necesidades.

Con la aprobación de estas bases damos cumplimiento a los principios constitucionales de acceso al empleo público previstos en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española, que son los de igualdad, mérito y capacidad.

La creación de una bolsa de trabajo para cubrir plazas en el Ayuntamiento, pretende mejorar la calidad de las prestaciones que actualmente reciben los ciudadanos y, en especial, agilizar los procesos selectivos para cubrir las plazas de carácter temporal, bajas de personal laboral, así como para cubrir las necesidades temporales de personal de carácter no permanente, teniendo en cuenta los méritos aportados por los aspirantes, relativos a la experiencia profesional, formación y prácticas.

Que se consigan los objetivos referidos, es una prioridad  del Ayuntamiento de Humanes y la Bolsa de Trabajo el instrumento adecuado para la regulación de las necesidades laborales del municipio.

 

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Las presentes bases tienen por objeto la selección de personal laboral para su inclusión en bolsa de trabajo para su contratación a tiempo cierto en la categoría profesional de peón de servicios múltiples, cuando las necesidades del servicio requieran esta fórmula contractual no permanente.

Las funciones encomendadas, a título meramente enunciativo, son tareas de viaria, de limpieza de edificios, jardinería, conserjería, operarios de servicios múltiples, etc.

La constitución de esta Bolsa de trabajo tiene por objeto cubrir, en régimen laboral temporal, las futuras vacantes que en los puestos de personal de oficios, se puedan producir como consecuencia de alguno de los siguientes supuestos:

  • Sustitución de personal laboral en situación de incapacidad temporal.
  • Sustitución de personal laboral durante los periodos de permiso por maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo, lactancia y paternidad.
  • Sustitución de personal laboral en situación de excedencia, comisión de servicios con derecho a reserva del puesto o situación de servicios especiales.
  • Sustitución de personal laboral víctima de violencia de género que hayan suspendido su contrato de trabajo en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  • Sustitución de personal laboral que acceda a la jubilación parcial.
  • Excepcionalmente para la  cobertura de vacantes hasta que se cubran de forma definitiva por el consiguiente proceso selectivo.
  • Excepcionalmente, para la  ejecución cobertura de vacantes de un programa específico con una duración inferior a seis meses, siempre y cuando debido a su especialidad u otras circunstancias, no sea posible su desarrollo por personal municipal, debiendo quedar expresamente justificado.
  • Excepcionalmente, cuando por acumulación de tareas de la actividad normal del servicio así se exija, con una duración máxima de seis meses dentro de un periodo de doce meses, contados desde el momento en que se produzcan dichas causas.

 

SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

2.1.- Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

  • Ser español o miembro de un país de la Unión Europea, o extranjero con permiso de trabajo en vigor.
  • Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local, de conformidad con la legislación vigente.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto convocado.
  • No hallarse incurso/a en causa de incapacidad/incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
  • Poseer los requisitos mínimos de titulación, estudios primarios/certificado de escolaridad en el caso de la presente convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación.
  • El personal minusválido deberá presentar certificado acreditativo de discapacidad en grado igual o superior al 33%, y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones propias del puesto de trabajo al que opte.

2.2.- Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso, así como, en su caso, en el momento de formalización de los contratos.

La acreditación de dichos requisitos se efectuará en el momento de formalizar el contrato de trabajo que haya sido ofertado al candidato.

TERCERA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1.- Solicitudes.

Los interesados en formar parte de la bolsa de trabajo podrán solicitarlo mediante instancia dirigida a la Sra. Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Humanes.

El impreso de solicitud, que figura como Anexo I, podrá obtenerse a través de Internet consultando Tablón de Anuncios en  http://humanes.sedelectronica.es. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.

3.2.- Lugar de presentación:

El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, se presentarán en la Oficina de Registro del Ayuntamiento de Humanes, Plaza de España, 1, Humanes. 19220 (Guadalajara). Asimismo, podrá ser presentado en las restantes Registros que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 3.3. Plazo de presentación:

Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, así como de la documentación necesaria para acreditar los méritos, se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el  Boletín Oficial de la Provincia.

3.4. Documentación a presentar:

Junto con la solicitud de participación (Anexo I), los aspirantes deberán, preceptivamente, acompañar la siguiente documentación acreditativa de los requisitos mínimos de titulación y de la experiencia profesional y formación alegada.

  1. Fotocopia de la titulación exigida.
  2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española presentarán fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, permiso de trabajo.
  3. Fotocopia compulsada del Permiso de conducir B
  4. Currículum vitae, en el que se haga mención a los méritos objeto de valoración.
  5. Acreditación de la experiencia profesional (Apartado 4.1 A)
    Certificaciones de los servicios prestados en las Administraciones Públicas o contratos de trabajo acompañados de Informe original de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que conste expresamente los períodos en alta en el sistema de la Seguridad Social y los grupos de cotización.
  6. Acreditación de formación:(Apartado 4.1 B) mediante copia compulsada de la titulación o cursos objeto de valoración.
  7. Acreditación de otros méritos:(Apartado 4.1 C) Copia compulsada del carnet correspondiente
  8. Declaración Responsable en el modelo Anexo II.

3.5. Admisión de documentación justificativa de los méritos:

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna documentación adicional, procediéndose a valorar únicamente los méritos que hayan sido documentados y presentados en dicho plazo.

 

CUARTA.- SISTEMA SELECTIVO Y ORDENACIÓN DE LAS LISTAS 

4.1. El sistema selectivo será el de concurso, mediante la valoración de méritos alegados y acreditados por los aspirantes, siempre con referencia al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y conforme al siguiente baremo:

  1. Experiencia profesional acreditada por el solicitante mediante original o copia compulsada de documento justificativo. La puntuación en este apartado no podrá exceder de 10 puntos:
    • Experiencia en la misma o similar categoría profesional en cualquier entidad o empresa 0,2 puntos por mes o fracción superior a quince días.
  2. Se considerarán otros méritos profesionales la formación relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar. La puntuación en este apartado no podrá exceder de 5 puntos.
    • Cursos relacionados con las funciones de la categoría convocada:
      1. Menos de 20 horas                  0,10 puntos por curso
      2. De 21 a 30 horas                     0,20 puntos por curso
      3. De 31 a 60 horas                     0,30 puntos por curso
      4. De 61 a 150 horas                   0,50 puntos por curso
      5. De 151 a 300 horas                 0,70 puntos por curso
      6. De más 300 horas                    1 punto por curso.
    • Titulación de técnico de grado medio en algunas de las siguientes ramas: Edificación y obra civil, electricidad y electrónica, transporte y mantenimiento de vehículos :  2 puntos
  3. Otros méritos:
    1. Carnet de conducir clase C:                                                             2 puntos
    2. Carnet de utilización o manipulación de productos fitosanitarios:        2 puntos
    3. Carnet de operador de plataformas elevadoras móviles de personal:   2 puntos
  1.  

4.2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración prevista en la Base 6ª, procederá a la baremación de los méritos que hayan sido acreditados por los candidatos según lo indicado en el apartado anterior y a la ordenación de las listas, que serán publicadas en Tablón de Anuncios físico y virtual  http://humanes.sedelectronica.es 

En las listas, se integrará a todos aquellos aspirantes que hayan presentado solicitud, indicándose si han quedado excluidos y la causa de su exclusión o si han sido admitidos, y en este último caso, se hará pública la puntuación asignada.

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente a la publicación de las listas, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. No caben reclamaciones por la falta de documentación no aportada en el plazo de presentación de solicitudes. Las reclamaciones deberán ser registradas y presentadas de idéntica forma que las solicitudes.

Asimismo, en el plazo anteriormente mencionado los aspirantes admitidos podrán formular reclamaciones frente a la puntuación asignada.

 

QUINTA.- PUNTUACIÓN Y ORDENACIÓN DE CANDIDATOS

5.1. Una vez resueltas por la Comisión de Valoración las reclamaciones mencionadas en la base 4.2., procederá a efectuar la calificación definitiva de los méritos alegados por los aspirantes admitidos definitivamente, que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la aplicación del baremo.

5.2. En los supuestos en los que se obtuviese igual puntuación por algún o algunos de los candidatos, los desempates se dirimirán atendiendo al siguiente criterio: aquel que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional, en caso de persistir el empate por el orden alfabético a partir de la letra que corresponda, de acuerdo con el sorteo que se publica en el Boletín Oficial del Estado, celebrado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, según el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y que se encuentre vigente en la fecha de publicación de la presente convocatoria.

5.3. Concluido el proceso de selección, la Comisión hará pública la relación de candidatos, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de la puntuación obtenida en los diferentes apartados y la puntuación total, así como del documento nacional de identidad, elevando dicha propuesta a la Junta de Gobierno Local  para aprobar, ordenar y publicar las listas definitivas, quedando constituida la bolsa de trabajo a efectos de contratación temporal en la categoría profesional a la que se refiere esta convocatoria.

En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden establecido

Dicha aprobación se publicará en Tablón de Anuncios físico y virtual  http://humanes.sedelectronica.es 

 

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

6.1. La selección de los candidatos a la bolsa de trabajo se realizará por la correspondiente Tribunal Calificador, que estará formada por:

  • Presidente.
  • Secretario .
  • Tres Vocales  

Se designarán suplentes, que en sustitución de los titulares, integrarán el Tribunal.

Dicha aprobación se publicará en el Tablón de Edictos físico y virtual http://humanes.sedelectronica.es 

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal  cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en el citado artículo.

6.2. Para la válida actuación del Tribunal  se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario y al menos un vocal.

6.3. En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como la forma de actuación en los casos no previstos en las mismas.

6.4. La Comisión, a la vista del resultado del proceso selectivo, efectuará propuesta motivada de resolución, incluyendo las relaciones de aspirantes seleccionados, ordenados según la puntuación obtenida, para su posterior elevación a la Alcaldía

6.5. La Comisión queda autorizada para resolver cuantas dudas puedan plantearse y adoptar los acuerdos precisos para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases, el Convenio Colectivo en vigor, y demás normativa aplicable.

 

SÉPTIMA.- CONTRATACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO

7.1. La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 2 puntos.

7.2. Las contrataciones a tiempo cierto se ofertarán según las necesidades del servicio a jornada completa o tiempo parcial, por ser, en este último caso, el puesto de trabajo de esta naturaleza o porque se trate de sustituir ausencias parciales de trabajadores con derecho a reserva, y el llamamiento de los candidatos se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso.

Según necesidades del servicio, los integrantes de la Bolsa de Trabajo serán requeridos, mediante llamada telefónica o correo electrónico, para formalizar el correspondiente contrato y deberán presentar en el plazo máximo de 2 días hábiles desde su llamamiento la siguiente documentación:

  • Nº de afiliación a la Seguridad Social.
  • Certificado Médico en el que se acredite no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de la función a realizar.
  • Declaración Responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
  • No hallarse incurso/a en causa de incapacidad/incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
  • Nº de cuanta bancaria para el ingreso de la nómina.

Las contrataciones de Personal se producirán siguiendo el orden establecido en la BOLSA DE TRABAJO, según necesidades del Servicio.

Los integrantes de la BOLSA DE TRABAJO que, en el momento de ser requeridos para su incorporación al Servicio, mediante llamada telefónica o correo electrónico, renuncien al puesto de trabajo deberán presentar la renuncia por escrito en el plazo máximo de 2 días hábiles, independientemente de ser justificada o no. De no ser justificada o suficientemente justificada dicha excusa, pasará como candidato al último puesto. La misma norma se aplicará a los que no comparezcan en el plazo de 2 días desde su llamamiento a la presentación de los documentos necesarios para formalizar el contrato.

Solo se admitirán como justificaciones válidas:

  • Encontrarse en situación de baja médica por enfermedad o accidente.
  • Encontrarse en los últimos cuatro meses de embarazo.
  • Encontrarse en situación de permiso por paternidad, maternidad o acogimiento.
  • Otras causas de fuerza mayor acreditadas por profesional competente.
  • Contratación temporal en otra Empresa (es necesario acreditarlo con contrato de trabajo).

Si el candidato está ausente en tres intentos de localización telefónica entre los que deberá mediar un intervalo mínimo de una hora, y no se recibe contestación al correo electrónico remitido en el plazo señalado, se considerará que ha rehusado el nombramiento y se procederá al llamamiento telefónico de los sucesivos candidatos hasta localizar uno disponible.

 

OCTAVA.- RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONTRATACIÓN

8.1. Las contrataciones deberán ajustarse a las normas legales y reglamentarias en materia de contratos laborales de naturaleza temporal.

8.2. La extinción del contrato por no superación del período de prueba implicará la exclusión de la bolsa.

8.3. Si una vez aceptada la oferta de contratación o durante la vigencia del contrato, el interesado renunciase voluntariamente al mismo, será eliminado automáticamente de la bolsa, salvo que se trate de una contratación en una categoría profesional de superior nivel salarial.

 

NOVENA.- VIGENCIA

Esta Bolsa de trabajo tendrá vigencia hasta que la puesta en marcha de un nuevo proceso selectivo la sustituya, la actualice o la modifique. 

 

DÉCIMA.-  RECURSOS

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).       

En Humanes a 26 de Junio de 2020. La Alcaldesa,Dª Elena Cañeque García

 

 

 

ANEXO I

SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO DE HUMANES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PERSONAL CON CARÁCTER TEMPORAL PARA PERSONAL DE OFICIOS.

DATOS PERSONALES DEL ASPIRANTE:

Nombre:                                        Apellidos:

D.N.I. núm.                           Fecha de nacimiento:                       Teléfono:

Domiciliado en C/                                                nº             piso            letra

Código Postal                  Localidad                                                           Provincia

Correo electrónico a efectos de notificaciones de esta Administración:

DATOS ACADÉMICOS DEL ASPIRANTE:

Titulación que posee: 

Fecha de expedición del Título:                      Centro de expedición:

 

MÉRITOS ALEGADOS POR EL ASPIRANTE:

____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

El solicitante declara ser ciertos todos los datos consignados en la presente instancia y que posee todos los requisitos exigidos en las Bases para acceder a la presente convocatoria.           

Humanes, a ______ de ____________________ del año 2020.

Firma,

 

 

ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE

DATOS PERSONALES DEL ASPIRANTE:

Nombre:                                        Apellidos:

D.N.I. núm.                           Fecha de nacimiento:                       Teléfono:

Domiciliado en C/                                                       nº             piso            letra

Código Postal                  Localidad                                                           Provincia

Correo electrónico a efectos de notificaciones de esta Administración:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

1. Que no he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni me encuentro inhabilitado para el desempeño de funciones públicas

2.- Que no estoy incurso en causa de incompatibilidad de las establecidas en la Legislación Vigente.

Humanes a a _______  de____________  de 2020.

Firma,

 

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Humanes
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© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00