AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Acordada la continuación del procedimiento administrativo de aprobación de la presente modificación de crédito conforme a la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sometida a información pública la aprobación inicial del expediente de Modificación de Crédito n.º 2 /2020 al presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara ejercicio 2020, y no habiéndose presentado reclamación alguna contra el mismo, ha quedado definitivamente aprobado, siendo su resumen por capítulos a efectos de lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPITULO |
DENOMINACION |
IMPORTE AUMENTOS |
IMPORTE BAJAS |
Cap.1 |
Gastos de personal |
5.324,58 |
0,00 |
Cap.2 |
Gastos en bienes corrientes y servicios |
481.198,94 |
0,00 |
Cap.4 |
Transferencias corrientes |
18.521,50 |
0,00 |
Cap.6 |
Inversiones reales |
224.627,30 |
120.936,83 |
|
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS |
729.672,32 |
120.936,83 |
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CAPITULO |
DENOMINACION |
IMPORTE AUMENTOS |
IMPORTE BAJAS |
Cap. 8 |
Activos financieros |
608.735,49 |
0,00 |
|
TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS |
608.735,49 |
0,00 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación de crédito n.º 2/2020 al Presupuesto de 2020 podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 171 del citado Texto Refundido.
Guadalajara, 21 de Mayo de 2020. El Alcalde–Presidente, Alberto Rojo Blas