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Martes, 07 Abril 2020 08:04

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

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APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
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AYUNTAMIENTO DE MIRABUENO


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 22 de octubre de 2019, aprobatorio de la modificación de la  Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro de la modificación.

Contra dicha modificación de la Ordenanza podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia.

TEXTO ÍNTEGRO DE LA MODIFICACIÓN:

Se incorpora a la regulación de bonificaciones que contiene la Ordenanza, la siguiente:

“Tendrán una bonificación del 100% de la cuota del Impuesto los vehículos históricos y aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de su fecha de fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar. Para la concesión de las bonificaciones reguladas en el apartado anterior, los interesados deberán aportar antes de la fecha de devengo del impuesto, es decir, el 01 de enero del correspondiente ejercicio tributario, excepcionalmente el primer ejercicio durante los dos primeros trimestres, el documento de la Inspección Técnica del Vehículo debidamente sellado con efectos del año en el que se va a conceder la bonificación. La entrada vigor se producirá con la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, que podrá tener carácter retroactivo en el primer ejercicio de vigencia de la presente modificación.”

En Mirabueno, a 3 de abril  de 2020. La Alcaldesa Sra. Ma Dolores Valverde Sanz

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