AYUNTAMIENTO DE LUZAGA
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 18 de diciembre de 2019, de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito núm. 1/2019, sobre suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, el cual se hace público con el siguiente detalle:
ESTADO DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria | Descripción | Importe | |
130 | 623 | Instalación de videocámaras | 1.000,00 € |
ESTADO DE INGRESOS
Aplicación Presupuestaria | Descripción | Importe | |
870 | Remanente de Tesorería | 1.000,00 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de los dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Luzaga, 15 de enero de 2020. El Alcalde. Fdo.: José Luis Ros Maorad