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Miércoles, 29 Enero 2020 08:01

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEL CALENDARIO DE COBROS DE IMPUESTOS Y TASAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS EJERCICIO 2020

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ANUNCIO DE APROBACIÓN DEL CALENDARIO DE COBROS DE IMPUESTOS Y TASAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS EJERCICIO 2020
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AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS


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En el pleno Ordinario de 23 de diciembre de 2019, el Ayuntamiento de Galápagos aprobó el Calendario de Cobros de Impuestos y Tasas Municipales para el ejercicio 2020.

FIJACION DEL CALENDARIO DE COBRO EJERCICIO 2020

Se da cuenta de la necesidad de fijar calendario de períodos de cobranza, de los impuestos y tasas para el ejercicio 2020, de cara al mejor funcionamiento y planificación del Servicio de Recaudación Municipal y al objeto de prestar al contribuyente una información más completa sobre el aspecto fiscal.

A tales efectos se propone y así se acuerda, por unanimidad, fijar el siguiente calendario:

  • Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de febrero al 31 de marzo de 2020:

TASA POR SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 4º TRIMESTRE 2019

  • Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de marzo al 30 de abril de 2020:

IMPUESTO DE VEHICULOS TRACCION MECANICA 2020

VADOS 2020

  • Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de mayo al 30 de junio de 2020:

TASA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2020

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 2020

(de Naturaleza Urbana, Rústica Y Características Especiales)

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS 2020

  • Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2020:

TASA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 2º TRIMESTRE 2020

  • Periodo de cobranza en voluntaria del 15 de octubre al 15 de diciembre de 2020:

TASA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 3º TRIMESTRE 2020

Se realiza la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara para su difusión y general conocimiento.

Si por cualquier causa fuera preciso variar la disposición de las fechas detalladas en el calendario precedente se pondrá, con antelación suficiente, en conocimiento de los contribuyentes.

Contra el presente Acuerdo podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, con los requisitos y formalidades establecidas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, en la forma y plazos establecidos en dicha Jurisdicción.

Galápagos, 24 de enero de 2020. El Alcalde-Pte. Fdo.: Guillermo M. Rodríguez Ruano

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  • Municipios: Galápagos
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