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Viernes, 24 Enero 2020 08:01

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

193

Designar a Pedro David Pardo de la Riva como Diputado Delegado de Infraestructuras Viarias, Centros Comarcales y Plan de Obras hidráulicas. Centro Comarcal Guadalajara Sur.
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


193

 

Por la Presidencia, con el número 2020-0062, de fecha 16 de enero de 2020 se ha dictado la siguiente Resolución:

“Por la Presidencia de esta Diputación Provincial de Guadalajara, mediante Resolución número 2019-1677, de fecha 10/07/2019 (rectificado por las Resoluciones número 2019-1712 de fecha 15/07/19 y número 2019-1762 de fecha 19/07/19), se adoptó la resolución sobre la Delegación de la Presidencia en el Diputado Provincial D. Pedro David Pardo de la Riva.

Con el fin de lograr una mejor dirección y coordinación entre los servicios que han de tramitar e informar los procedimientos, esta Presidencia, en uso de las facultades conferidas por los artículos 34.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 63 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector público, resuelve:

PRIMERO.- Dejar sin efecto las Resoluciones número 2019-1677, de fecha 10/07/2019, número 2019-1712 de fecha 15/07/19 y número 2019-1762 de fecha 19/07/19, que se ven sustituidas por la presente.

SEGUNDO.- Designar a D. Pedro David Pardo de la Riva como Diputado Delegado de Infraestructuras Viarias, Centros Comarcales y Plan de Obras hidráulicas. Centro Comarcal Guadalajara Sur.

TERCERO.-  La delegación comprende las facultades de dirección y gestión sobre las citadas materias, así como la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, y en general, cualquier tipo de acto administrativo relacionado con obras de su competencia.

CUARTO.- Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación del Diputado Delegado, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

QUINTO.- El Diputado Delegado queda obligado a informar a esta Presidencia, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicte, y previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el artículo 155 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En lo no previsto en esta Resolución regirán la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.”.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Guadalajara, 23 de enero de 2020. Firmado José Luis Vega Pérez - Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara

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