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Lunes, 30 Diciembre 2019 08:12

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LA SALA VELATORIO DE ILLANA

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ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LA SALA VELATORIO DE ILLANA
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AYUNTAMIENTO DE ILLANA


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SUMARIO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Illana por el que se aprueba definitivamente la Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización de la Sala Velatorio de Illana.

TEXTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización de la Sala Velatorio de Illana, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

« 5.- Por unanimidad de los concejales presentes en la sesión se acuerda aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización de la Sala Velatorio de Illana, quedando redactado el Artículo 8 como sigue:

“La cuota tributaria de la tasa por prestación del servicio de velatorio municipal se determinará en función de la siguiente tarifa:

Por utilización de la sala velatorio por empresas funerarias: 500 €.

Por utilización de la sala velatorio por vecinos de la localidad que estén empadronados: 325 €.

Por la utilización de la sala velatorio por el resto de particulares: 375 €.

Estas cantidades se actualizarán anualmente de acuerdo con el I.P.C.

La duración máxima de cada uso será de 2 días naturales.”

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.

Illana, a 27 de diciembre de 2019, El Alcalde, Fdo.: Francisco Javier Pérez del Saz

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