Imprimir esta página
imagen no encontrada
Lunes, 30 Diciembre 2019 08:12

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑO, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS

3437

Anuncio de elevación a definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la utilización de las piscinas municipales de Illana
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE ILLANA


3437

SUMARIO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Illana por el que se aprueba definitivamente la Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización de Casas de Baño, Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y Otros Servicios Análogos.

TEXTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización de Casas de Baño, Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y Otros Servicios Análogos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

« 2.- Por unanimidad de los concejales presentes en la sesión se acuerda aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización de Casas de Baño, Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y Otros Servicios Análogos, quedando redactado el Artículo 6 como sigue:

“Entradas diarias:

Infantiles (de 7 a 16 años) ……………………………………..  2 €

Mayores de 65 años ………………………………………………..  2 €

Abonos de 14 baños:

Infantiles (de 7 a 16 años) ………………………………….…. 22 €

Mayores de 65 años ………………………………….……………. 22 €

Abonos de Temporada:

Adultos empadronados …………………………………………... 80 €

Adultos no empadronados ……………………………………... 90 €

Infantiles no empadronados (de 7 a 16 años) ……... 60 €

Mayores de 65 años no empadronados ………………….. 60 €”

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.

Illana, a 26 de diciembre de 2019, El Alcalde, Fdo.: Francisco Javier Pérez del Saz

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Illana
Visto 231 veces