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Viernes, 27 Diciembre 2019 09:12

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO 2020

3391

APROBACION DEFINITIVA PRESUPUESTO 2020
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AYUNTAMIENTO DE VALDEPEÑAS DE LA SIERRA


3391

E D I C T O

Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento de VALDEPEÑAS DE LA SIERRA el Presupuesto General y Plantilla de Personal para el presente ejercicio de 2020, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, se da publicidad al presente:

RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPITULOS

PRESUPUESTO DE GASTOS POR CAPÍTULOS

Importe

1. GASTOS DE PERSONAL

87.900,00

2. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS

137.600,00

3. GASTOS FINANCIEROS

2000,00

4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

22.500,00

6. INVERSIONES REALES

75.000,00

7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

 

8. ACTIVOS FINANCIEROS

 

9. PASIVOS FINANCIEROS

 

TOTAL Euros

325.000,00

 

PRESUPUESTO DE INGRESOS POR CAPÍTULOS

Importe

1. IMPUESTOS DIRECTOS

169.000,00

2. IMPUESTOS INDIRECTOS

1.000,00

3. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

96.500,00

4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

38.900,00

5. INGRESOS PATRIMONIALES

19.600,00

6. ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES

 

7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

 

8. ACTIVOS FINANCIEROS

 

9. PASIVOS FINANCIEROS

 

TOTAL Euros

325.000,00

PLANTILLA DE PERSONAL APROBADA JUNTO CON EL PRESUPUESTO PARA 2020

A) Funcionarios:

Secretario- Interventor………………………….          1

B) Personal Laboral fijo:

Encargado Mantenimiento......................       1

C) Personal Laboral Temporal:

Auxiliar de Ayuda a Domicilio……….........……….  1

Ayudante Mantenimiento.………......……...……...  1

Socorrista…………………………................…………    1

Monitor Campamento………………….......………...   1

Contra el presente Presupuesto las personas y entidades a las que se refiere los artículos 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 del mencionado artículo 170, podrán interponer recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses desde la publicación del presente. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

En Valdepeñas de la Sierra, a 23 de Diciembre 2019, El Alcalde, José Luis Palmero Fernández

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