AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
3299
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de 12 de diciembre de 2019.
BDNS (Identif): 476592
“Visto el expediente tramitado al efecto, asi como el informe con propuesta de resolución de la Coordinadora de Área de Seguridad Ciudadana, Transición Ecológica y Transparencia de 3 de diciembre de 2019, parte integrante del presente acuerdo en cuanto a su motivación, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:
Primero. (...).
(...)”
Segundo.- Modificar el apartado Decimocuarto de las Bases de la convocatoria de concesión de ayudas para el pago de escuelas infantiles para el año 2019 que pasará a tener la siguiente redacción:
“Decimocuarto. Resolución de la convocatoria
La Comisión de Valoración baremará las solicitudes conforme a los criterios de valoración contenidos en las presentes bases y realizará un informe de concesión o denegación de la ayuda del que quedará constancia en el acta de la Comisión.
El plazo máximo para resolver y publicar las resoluciones no podrá exceder de tres meses, desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en la BDNS y en el Boletín Oficial de la Provincia, junto con los recursos que procedan.”
Guadalajara, 17 de diciembre de 2019. El Alcalde. Alberto Rojo Blas
RECURSOS: Contra el presente Acuerdo cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha siguiente a la de su publicación. La interposición de este recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 117.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.