Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 14 Agosto 2019 08:08

SUSTITUCIÓN DEL ALCALDE

2190

Sustitución del Alcalde
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE PIOZ


2190

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

Visto que desde el próximo día 1 de agosto y hasta el día 10 de agosto de 2019 ambos incluidos, el Sr. Alcalde se encontrará ausente del Municipio.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar en D. Andrés Ruiz Velasco, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo del 1 de agosto y hasta el día 10 de agosto de 2019 ambos incluidos por ausencia del Alcalde.

SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

SEPTIMO. - Notificar la presente Resolución al Segundo Teniente de Alcalde delegado.

OCTAVO. - Archívese la presente Resolución, una vez cumplidos todos los trámites en el expediente administrativo, del que trae causa.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Juan Antonio Pendás Zacarias, en Pioz, a 31 de Julio de 2019; de lo que, como Vicesecretario-Interventor, doy fe.

El Alcalde-Presidente. Fdo: Juan Antonio Pendás Zacarias   El Vicesecretario-Interventor Fdo: Víctor Manuel Rivas Muñoz.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Pioz
Visto 435 veces

Artículos relacionados (por etiqueta)