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Miércoles, 14 Agosto 2019 08:08

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA PEÑAS PÚBLICAS QUE PARTICIPAN EN LA PROGRAMACIÓN ANUAL DE LAS FIESTAS DE AZUQUECA DE HENARES PARA EL AÑO 2019

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EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA PEÑAS PÚBLICAS QUE PARTICIPAN EN LA PROGRAMACIÓN ANUAL DE LAS FIESTAS DE AZUQUECA DE HENARES PARA EL AÑO 2019
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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


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(BDNS 469935)

Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 8 de agosto de 2019 por la que se convocan subvenciones para peñas públicas que participan en la programación anual de las fiestas de Azuqueca de Henares para el año en curso, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.

Asociaciones culturales y de otros ámbitos, sin ánimo de lucro, siempre que estén legalmente constituidas y registradas como asociación, Peña Pública, tanto en el Registro Oficial correspondiente como en el Registro Municipal de Asociaciones Locales y que tengan fijado su domicilio en el municipio de Azuqueca de Henares.

Segundo. Normativa.

Las ordenanzas y reglamentos municipales mencionados podrán ser consultados en la página web del Ayuntamiento www.azuqueca.es

Tercero. Cuantía de la ayuda.

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes:

3380.489.00, “Convenio actividades peñas”, por importe de 15.648 €.

9240.489.00, “Subvenciones participación ciudadana”, por importe de 56.250 €.

Cuarto. Plazo de Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 31 de agosto de 2019.

Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

Quinto. Otros datos.

Se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de subvención mediante impreso que se adjunta en el Anexo I de las bases de la convocatoria.
  • Fotocopia de los estatutos de la Asociación y documentación que acredite estar legalmente constituida e inscrita en el registro oficial correspondiente, en el caso de solicitar por primera vez subvención.
  • Certificado expedido por la entidad bancaria, en la que conste el número de cuenta y titular de la misma, teniendo en cuenta que dicha titularidad ha de ser ostentada por la Asociación y no por persona física alguna, en el caso de solicitar por primera vez subvención o cambio de cuenta
  • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal, en el caso de solicitar por primera vez subvención.
  • Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o, en su caso, exentas de las mismas cumplimentando el recuadro correspondiente del Anexo 2.
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias o, en su caso, exentas de las mismas cumplimentando el recuadro correspondiente del Anexo 2.
  • Anexo 2 firmado, relativo al conocimiento y compromiso de cumplimiento de la normativa de uso de la nave alquilada por el Ayuntamiento para confeccionar sus carrozas.

El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, podrá reclamar la presentación de otros documentos para proveer mejor a la resolución de las peticiones que se presenten.

Requisitos

  • Presentar la solicitud y el resto de la documentación requerida en las bases de la convocatoria y en el plazo indicado.
  • Para las Asociaciones, Peñas Públicas, que hubieran resultado beneficiarias de subvención durante el año anterior, haber presentado la justificación de gastos.

 

En Azuqueca de Henares, a 9 de agosto de 2019. EL ALCALDE: D.José Luis Blanco Moreno

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