Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 26 Julio 2019 09:07

DELEGACIÓN COMPETENCIAS DIPUTADO DELEGADO

2011

Designar a D. Ramiro Adrián Magro Sanz como Diputado Delegado de Obras y Servicios y C.C. Sigüenza
Descargar pdf Anuncio

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


2011

La Presidencia de la Corporación por Resolución nº 2019-1761 de 19 de julio de 2019 ha resuelto: 

"Esta Presidencia, por Resolución nº 1676 de 10 de julio de 2019 corregida por Resolución nº 1711 de 15 de julio de 2019, designó a D. Ramiro Adrián Magro Sanz como Diputado Delegado  de Obras y Servicios (Alumbrado y Eficiencia Energética, Infraestructuras Viarias y Urbanas, Planes Provinciales), que comprende las facultades de dirección, gestión, así como  la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en general sobre las citadas materias.

Advertido que alguna de las materias que comprende la Delegación están recogidas de forma inexacta, se hace necesario dictar nueva Resolución que determine de forma clara y precisa el contenido de las materias que comprende dicha Delegación y sobre las que puede resolver.

Vistos los artículos 34.2 y 35.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 63, 64, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo en resolver:

PRIMERO.- Designar a D. Ramiro Adrián Magro Sanz como Diputado Delegado  de Obras y Servicios (Alumbrado y Eficiencia Energética, Infraestructuras Viarias y Urbanas, Planes Provinciales) y del Centro Comarcal de Sigüenza.

SEGUNDO.- La Delegación comprende las facultades de dirección, gestión, así como  la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en general sobre las citadas materias.

  1. 1.- La elaboración de Planes de Obras y Servicios y las actuaciones con las otras administraciones partícipes necesarias para su seguimiento, con la firma de los documentos que sean precisos hasta su aprobación por las Administraciones partícipes.
  2. El seguimiento de la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local.
  3. La justificación y libramiento de las subvenciones y aportaciones hasta la total liquidación de los Planes Provinciales de Obras y Servicios.
  4. Seguimiento de la ejecución de obras que conlleva la aprobación de  Actas de comprobación del replanteo de obras.
  5. Expedientes de concesión de autorizaciones sobre obras o actuaciones que afecten a la Red Viaria Provincial, y devolución de las fianzas que se impongan como consecuencia de la autorización.
  6. Aprobación de las liquidaciones de las tasas por la prestación de servicios especiales de que sean susceptibles las carreteras y caminos provinciales, conforme a la correspondiente Ordenanza reguladora, incluyendo los recursos de reposición que pueden interponerse contra las mismas.
  7. Aprobación de las liquidaciones de las Tasas por Dirección e Inspección de Obras, conforme a la correspondiente Ordenanza reguladora.
  8. Expedientes sancionadores en materia de infracciones que afecten a la Red Viaria Provincial.
  9. Documentación administrativa relacionada con las expropiaciones de terrenos para obras.
  10. Devolución de las garantías y depósitos constituidos por los Ayuntamientos y otros Entes locales para hacer frente a las aportaciones económicas que deben realizar los mismos respecto de las obras de las que son beneficiarios
  11. En general cualquier tipo de acto administrativo relacionado con carreteras y obras.
  12. Planes de actuación sobre alumbrados públicos.
  13. Otras instalaciones y consumos de cualquier tipo de energía en base a la eficiencia energética.
  14. Actuaciones en materia de Eficiencia Energética.

TERCERO.- Las Delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación del Diputado Delegado, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

CUARTO.- El Diputado Delegado queda obligado a informar a esta Presidencia, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicte, y previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

QUINTO.- La presente resolución viene a sustituir a las dictadas con el nº 1676 de 10 de julio de 2019 y nº 1711 de 15 de julio de 2019, que quedan sin efecto

En lo no previsto en esta Resolución regirán la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas".

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Guadalajara a 25 de julio de 2019 - Ilmo. Sr. Presidente José Luis Vega Pérez

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Guadalajara
Visto 335 veces