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Viernes, 21 Junio 2019 08:06

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES QUE FOMENTEN EL EMPLEO LOCAL DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN SITUACIÓN DE RIESGO DE EXCLUSIÓN Y EMERGENCIA SOCIAL 2019

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES QUE FOMENTEN EL EMPLEO LOCAL DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN SITUACIÓN DE RIESGO DE EXCLUSIÓN Y EMERGENCIA SOCIAL 2019
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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BNDS: 462093

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

 

Primero. Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones para el fomento del empleo local mediante la contratación laboral de carácter temporal de personas desempleadas empadronadas en el municipio de Guadalajara que se encuentran en situación de emergencia social o en riesgo de estarlo debido a un desempleo prolongado y/o a sus circunstancias personales.

 

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades sin ánimo de lucro que con carácter previo a la publicación de esta convocatoria tengan suscrito Acuerdo de Colaboración con el Ayuntamiento para la promoción del empleo de personas que se encuentran en riesgo o en situación de emergencia social y acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento de las personas desempleadas en procesos de inserción laboral.

 

Tercero. Bases reguladoras:

Ordenanza General de Subvenciones Públicas otorgadas por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos Autónomos. BOP de Guadalajara núm. 32, del lunes, 14 de marzo de 2016 (https://boletin.dguadalajara.es).

La convocatoria completa figura en la web municipal:https://www.guadalajara.es

 

Cuarto.- Cuantía de la subvención.

La cuantía de la subvención será como máximo:

  • De 1.500 euros para los contratos a media jornada de acuerdo a lo establecido en la base cuarta.
  • De 3.000 euros para los contratos a tiempo completo.

La cuantía máxima a subvencionar por gastos de gestión descritos en la Base 4ªc) será de 1.000 euros por entidad colaboradora.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Los interesados deberán solicitar las subvenciones en los diez días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Guadalajara, 24 de mayo de 2019. Dª Isabel Nogueroles Viñes. Concejala de Promoción Económica

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