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Lunes, 06 Mayo 2019 08:05

CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE OCHO PLAZAS DE ALUMNOS/AS-TRABAJADORES/AS DEL PROGRAMA RECUAL 2018 (RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONAL) EN EL AYUNTAMIENTO DE ALBALATE DE ZORITA

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CORRECCIÓN DE ERRORES DE LAS BASES DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE OCHO PLAZAS DE ALUMNOS/AS-TRABAJADORES/AS DEL PROGRAMA RECUAL 2018 (RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONAL) EN EL AYUNTAMIENTO DE ALBALATE DE ZORITA.
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AYUNTAMIENTO DE ALBALATE DE ZORITA


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Debido a errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en las bases aprobadas con fecha 15 de abril de 2019 del Proceso de selección para la provisión de ocho plazas de alumnos/as- trabajadores/as del programa RECUAL 2018 en el Ayuntamiento de Albalate de Zorita según la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 109.2 La Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las funciones conferidas por el artículo 21 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, 7/1985 de 2 de abril. Resuelve;

Primero: Modificar las citadas bases y donde decía;

“Vista la necesidad de seleccionar OCHO plazas de ALUMNO/A-TRABAJADOR/A, a jornada completa, del Programa RECUAL del Ayuntamiento de Albalate de Zorita -Guadalajara-, relativa a las ayudas convocadas por la Resolución de 20/11/2018 (DOCM nº 228, de 22/11/2018) de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo con arreglo a lo establecido en las Bases reguladas en la Orden de la Consejería de Empleo y Economía de 163/2018, de 12 de noviembre, (…).

 Visto lo establecido en el R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 11.2 que regula el contrato de formación y aprendizaje, así como el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la recualificación y reciclaje profesional, y de acuerdo con las competencias atribuidas por el art. 21 de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985, por la Alcaldía del Ayuntamiento se ha dispuesto: (….)

SEGUNDA. MODALIDAD DE CONTRATO

La modalidad del contrato será la de contrato para la formación y reciclaje profesional, durante el periodo del programa, acogido a subvención; la modalidad de contrato viene regulada por el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre por el que se desarrolla el contrato para la recualificación y reciclaje profesional, y se establecen las bases de la formación profesional dual; (…).”

Debe decir;

“Vista la necesidad de seleccionar OCHO plazas de ALUMNO/A-TRABAJADOR/A, a jornada completa, del Programa RECUAL del Ayuntamiento de Albalate de Zorita -Guadalajara-, relativa a las ayudas convocadas por la Resolución de 20/11/2018 (DOCM nº 228, de 22/11/2018) de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo con arreglo a lo establecido en las Bases reguladas en la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de 163/2018, de 12 de noviembre, (…).

 Visto lo establecido en el R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 11.2 que regula el contrato de formación y aprendizaje y de acuerdo con las competencias atribuidas por el art. 21 de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985, por la Alcaldía del Ayuntamiento se ha dispuesto: (….)

SEGUNDA. MODALIDAD DE CONTRATO

La modalidad del contrato será la de contrato para la formación y aprendizaje, durante el periodo del programa, acogido a subvención; la modalidad de contrato viene regulada en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y se establecen las bases de la formación profesional dual; (…).”

Segundo: Mantener el plazo de presentación de solicitudes inicial, hasta el viernes 10 de mayo de 2019 inclusive.
Tercero: Publicar el actual decreto en el tablón de anuncios.

En Albalate de Zorita,30 de abril de 2019.El Alcalde,Alberto Merchante Ballesteros.Ante mí la Secretaria Interventora,Silvia Pilar Abad Moreno

 

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