Imprimir esta página
imagen no encontrada
Martes, 05 Marzo 2019 08:03

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN NÚMERO 2 PRESUPUESTO 2018

509

EXPEDIENTE SUPLEMENTO DE CREDITOS CON CARGO AL REMANENTE LIQUIDO DE TESORERIA
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE VALDENUÑO FERNANDEZ


509

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 21 de noviembre de 2018, sobre suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación

Suplemento en aplicaciones de gastos

 

Denominación

Euros

      163 227

 Varios proveedores

8.198,07

       338 226

 Festejos Populares

3.318,78

      933 619

 Inversiones reposición

10.800,13

TOTAL

 22.316,96

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 

 870

 

 REMANENTE TESORERIA

22.316,98 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

22.316,98 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Valdenuño Fernandez, a 18 de febrero de 2019, Don Oscar Gutierrez Moreno, Alcalde Presidente

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Valdenuño Fernández
Visto 532 veces