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Martes, 15 Enero 2019 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE ORDENANZA PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO PÚBLICO

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APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION DE ORDENANZA PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO PUBLICO
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AYIUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


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 Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el pasado 2 de octubre de 2018 por el que se modifica el artículo 24 de la ordenanza municipal para la Mejora de la Convivencia Ciudadana en el Espacio Público, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

ANEXO

TEXTO ÍNTEGRO DE LOS ARTÍCULOS  DE LA ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA MEJORA DE LA CONVIVIENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO PÚBLICO, CUYA MODIFICACIÓN HA SIDO APROBADA DEFINITIVAMENTE.

Artículo 24.3. de nueva incorporación

“Queda prohibido suministrar alimentos a los animales en las vía públicas o en otros espacios igualmente públicos, salvo que se trate de personas autorizadas por cualquier Administración Pública competente y lo hagan con el objetivo de controlar colonias  de felinos, de aves u otras finalidades similares”.

En Marchamalo, a 8 de enero de 2019. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría

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