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Miércoles, 02 Enero 2019 08:01

ACUERDO DE APROBACIÓN DEL CALENDARIO FISCAL 2019

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Acuerdo de aprobación del Calendario Fiscal 2019
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AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERUELO


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En virtud de lo establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por RD 939/2005, de 29 de julio, la Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria celebrada el 27 de diciembre de 2018, ha resuelto aprobar el calendario fiscal del ejercicio 2019 relativo a tributos de carácter periódico y notificación colectiva, y en el que se establecen los siguientes períodos de pago :

Tasa por suministro de agua potable y alcantarillado 4° trimestre 2018:

Del 29 de enero de 2019 al 3 de abril de 2019

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica 2019:

Del 12 de marzo de 2019 al 15 de mayo de 2019

Tasa por suministro de agua potable y alcantarillado 1er trimestre 2019:

Del 30 de abril de 2019 al 3 de julio de 2019

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica 2019:

Del 2 de julio de 2019 al 4 de septiembre de 2019

Impuesto sobre Actividades Económicas

Del 15 de julio de 2019 al 18 de septiembre de 2019

Tasa por suministro de agua potable y alcantarillado 2° trimestre 2019:

Del 23 de julio de 2019 al 25 de septiembre de 2019

Tasa por suministro de agua potable y alcantarillado 3er trimestre 2019:

Del 22 de octubre de 2019 al 23 de diciembre de 2019

Asimismo se comunica que los padrones fiscales referidos a los tributos que se han relacionado quedarán expuestos al público en las Oficinas Municipales, Plaza San Juan, 1 de esta localidad, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, QUINCE (15) DÍAS antes que se inicien los respectivos periodos de cobro y por el plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas.

El pago se podrá efectuar:

  1. Los recibos no domiciliados, previa presentación de los documentos de ingreso que se remitirán al domicilio de cada contribuyente, en cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras con la recaudación que están relacionadas en los recibos del tributo: BANKIA o CAIXA BANK.
  2. De forma telemática a través de Internet en la página web www.valdeaveruelo.com (Tasas e Impuestos).
  3. Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria de cada contribuyente.

Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario señalado anteriormente, se iniciará el periodo ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y costas que procedan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición pública.

En Valdeaveruelo, a 27 de diciembre de 2018. El Alcalde. D. Alberto Cortés Gómez

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