AYUNTAMIENTO DE ALMOGUERA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de Pleno de fecha 03/12/2018, celebrado en Sesión Ordinaria 5/2018 sobre concesión de Suplemento de Crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, modificación presupuestaria 5/2018, que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de Gastos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
865.900,00 € |
925.900,00 € |
Presupuesto de Ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
8 |
Activos financieros |
0.-€ |
60.000,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Almoguera a 21 de Diciembre de 2018. El Alcalde, Fdo. D. Luis Padrino Martínez