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Jueves, 27 Diciembre 2018 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA EXP MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 04/18

3589

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
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AYUNTAMIENTO DE TRILLO


3589

 

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Trillo por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 04/2018 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencias, suplemento de crédito y crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 26 de noviembre de 2018, sobre transferencias de crédito entre diferentes áreas de gastos, suplementos de crédito y crédito extraordinario, como sigue a continuación: 

 

 

  • Incrementos en aplicaciones de gastos
Aplicación Descripción Créditos iniciales en el expediente Modificaciones de crédito Créditos finales
Progr. Económica        
1532 12004 Sueldos funcionarios vías y obras C2 12010,23 5.887,61 € 17.897,84 €
1532 13000 Retribuciones básicas personal laboral fijo vías y obras 242.652,38 118.952,23 € 361.604,61 €
2310 13000 Retribuciones básicas personal laboral fijo servicios sociales 70.908,05 34.760,30 € 105.668,35 €
2310 13100 Sueldo personal laboral temporal servicios sociales 26.744,66 13.110,68 € 39.855,34 €
2310 13100 Sueldo personal laboral temporal servicios sociales 26.744,66 13.110,68 € 39.855,34 €
3321 13000 Retribuciones básicas personal laboral fijo biblioteca 10.714,10 5.252,23 € 15.966,33 €
3420 13100 Sueldo personal laboral temporal deportes 17.783,79 8.717,91 € 26.501,70 €
9200 12000 Sueldos funcionarios administracion general A1 62.594,73 30.684,98 € 93.279,71 €
9200 12001 Sueldos funcionarios administracion general A2 18.218,24 8.930,88 € 27.149,12 €
9200 12003 Sueldos funcionarios administracion general C1 69.523,90 34.081,77 € 103.605,67 €
9200 12004 Sueldos funcionarios administracion general C2 11.355,63 5.566,72 € 16.922,35 €
9200 12005 Sueldos funcionarios administracion general E 9.859,60 4.833,34 € 14.692,94 €
9200 13000 Retribuciones básicas personal laboral fijo limpieza 28.828,34 14.132,13 € 42.960,47 €
1532 60900 Ejecución vial prolongación C/ del Hoyo; 0 1.000.000 € 1.000.000 €
    TOTAL   1.520.910,78 €  

Esta modificación se financia con cargo a disminuciones en otras aplicaciones presupuestarias y al Remanente de Tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:

  • Cuadro de financiación del incremento de gastos
Aplicación Descripción Créditos iniciales Disminuciones/aplicación RTGG Créditos finales
Progr. Económica        
9200 50000 Fondo contingencia 34.910,78 € 34.910,78 € 0,00 €
1532 61900 pavimentación y arreglo frontón 1.154.301,33 € 67.000,00 € 1.087.301,33 €
1721 63300 Cambiar transformador Azañón 90.000,00 € 40.000,00 € 50.000,00 €
1721 63300 Cambiar transformador La Puerta 90.000,00 € 50.000,00 € 0,00 €
4330 63300 Compra mobiliario Real Balneario Carlos III 20.000,00 € 20.000,00 € 0,00 €
1610 63500 Arreglo escaleras De la Fuente (Morillejo) 24.000,00 € 24.000,00 € 0,00 €
1610 64300 Prolongación colector saneamiento carretera de Viana  35.000,00 € 35.000,00 € 0,00 €
  87000 RTGG   1.250.000 € 0,00 €
    TOTAL   1.520.910,78 €  

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, y el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado;

En Trillo, a 21 de diciembre de 2018, La Alcaldesa Sra. Lorena Álvarez Delgado

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  • Municipios: Trillo
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