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Lunes, 18 Junio 2018 08:06

BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL OFICIAL ALBAÑIL

1890

BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL OFICIAL ALBAÑIL
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DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA


1890

 

La Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, en sesión ordinaria celebrada el 30 de mayo de 2018, ha aprobado la convocatoria de selección para constitución de Bolsa de Trabajo Temporal de Oficial Albañil para cubrir las necesidades de personal en esa categoría, de conformidad con las bases que se adjuntan.

El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

CONVOCATORIA Y BASES DE SELECCIÓN PARA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE OFICIAL ALBAÑIL.

Es objeto de la presente convocatoria la selección para constitución de bolsa de trabajo temporal de Oficial Albañil.

PRIMERA.- El sistema de selección será el de concurso-oposición y se realizará mediante convocatoria pública en el Boletín Oficial de la Provincia. Esta convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios de la Diputación y en el portal de transparencia.

SEGUNDA.- Fase de concurso.- Puntuación máxima 30 puntos.

Los méritos a valorar, que deberán estar documentalmente acreditados serán los siguientes:

  1. Por servicios prestados en plaza similar en cualquier Administración Pública, a razón de 0,40 puntos por mes completo, hasta un máximo de 20 puntos.
  2. Por formación complementaria relacionada con las funciones de la plaza, hasta un máximo de 10 puntos, conforme al siguiente baremo:
    • Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos u homologados por el INAP, Diputación Provincial de Guadalajara, FEMP, otras Administraciones, Colegios Profesionales para sus asociados y de Formación Continua de los Sindicatos en los que se haya expedido diploma, certificado de asistencia o de aprovechamiento: 

      • Jornadas y cursos de hasta 10 horas lectivas:         0,30 puntos.
      • Cursos de entre 11 y 20 horas lectivas:                    1,00 puntos.
      • Cursos de entre 21 y 30 horas lectivas:                    1,50 puntos.
      • Cursos de más de 30 horas lectivas:                         2,00 puntos.
    • Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por otras Entidades: Se valorarán la mitad de la escala anterior.

TERCERA.- Fase de oposición.- Puntuación máxima 100 puntos.

La fase de oposición constará de un solo ejercicio de carácter eliminatorio, que evaluará la pericia en el manejo de la maquinaria y herramientas propias del oficio y aspectos concretos del temario que figura como Anexo, así como la ejecución del trabajo encomendado por el Tribunal. Para su ejecución el aspirante deberá ir previsto del siguiente material:

  • PALETA PLANA.
  • PALETA CATALANA.
  • LLANA.
  • ESPÁTULA.
  • FRATÁS.
  • MACETA.
  • CUBO DE GOMA.
  • ARTESA PARA AMASADO DE YESO.
  • CEPILLO O BROCHA PARA ENLECHADO.
  • ESPONJA PARA LIMPIEZA Y AYUDA FRATASADO.
  • NIVEL, METRO, LAPICERO Y OTRAS HERRAMIENTAS QUE EL ASPIRANTE CONSIDERE.
  • EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL, E.P.I.
  • ROPA DE TRABAJO, GUANTES, BOTAS O ZAPATOS DE SEGURIDAD, CASCO.

 La puntuación máxima de esta fase será de 100 puntos siendo exigible obtener al menos 50 puntos para superarla.

CUARTA.- El Tribunal de selección estará integrado por los cinco miembros con sus respectivos suplentes (Presidente, Secretario y tres vocales)  que se indican a continuación debiendo ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad:

 P R E S I D E N T E
Titular: Luis Pastor Medel Suplente: Lourdes Sevilla Navarro
V O C A L E S
Titular: María Soledad López Letón Suplente: Antonio Garcia Vega
Titular: José Antonio Abánades Sanz Suplente: Jesús Sanz Malo
Titular: Jacinto García Llorente Suplente: Esperanza Esteban Quirós
S E C R E T A R I O / A
Titular: Pedro Jiménez Torres Suplente: Alberto Berbería Gismera

Todos los miembros del Tribunal, deberán tener nivel de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado.

El tribunal podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos en calidad de asesores, que actuarán con voz pero sin voto. Asimismo podrán asistir como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada uno de los sindicatos más representativos a nivel de la Corporación Provincial.

QUINTA.- El número de temas del correspondiente programa es el que figura en el Anexo y estará integrado, en función de la titulación exigida (Subgrupo C2), por 10 temas.

SEXTA.- Las instancias dirigidas a la Ilmo. Sr. Presidente, se presentarán en el Registro General de la Corporación (entre las 9 y las 14 horas), o bien en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 10 días naturales, a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

A la instancia se acompañará, necesariamente, el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta número ES36 2100 8665 9002 0001 7813 (LA CAIXA), en el que  constará el nombre del interesado y la convocatoria. La falta de justificación de abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. Los derechos de examen se fijan, en función del Grupo de titulación, en la cantidad de 8,59 euros.

El abono de los derechos de examen también se puede realizar a través del Portal Web de Diputación, http://www.dguadalajara.es/web/guest/pagos.

Los aspirantes harán constar en la instancia que reúnen los siguientes requisitos:

a)  Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y tener cumplidos 16 años de edad.

b) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente / FPI, así como el carnet de conducir clase B, o estar en condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las instancias.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. La condición de minusválido y su compatibilidad se acreditarán por certificación del Instituto Nacional de Servicios Sociales u Organismo Autónomo correspondiente, pudiéndose exigir valoración por el Servicio Médico de la Entidad.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de alguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No estar afectado por ninguno de los motivos de incompatibilidad contenidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, referida al personal al servicio de las Administraciones Públicas o comprometerse, en su caso, a ejercer la oportuna opción en el período de tiempo que prevé el artículo 10 de la Ley citada.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de instancias y gozar de los mismos durante el proceso selectivo y, hasta la toma de posesión, en su caso, del puesto ofertado.

 

SÉPTIMA.- La lista de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación, dentro de los quince días siguientes a contar del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

OCTAVA.- La prueba selectiva se iniciará en la fecha que se señalará en el tablón de anuncios en el que se publique la relación definitiva de admitidos.

Para pasar a la fase de concurso los aspirantes deberán superar previamente la fase de oposición, por lo que sólo se valorarán los méritos de quienes hubieran superado la prueba selectiva, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes.

NOVENA.- Los aspirantes que superen la prueba, deberán presentar, en el plazo de cinco días naturales a contar desde la publicación en el tablón de anuncios de las calificaciones de la prueba selectiva, la documentación de los méritos alegados en la instancia.

Los aspirantes que aleguen el mérito de haber prestado servicios a la Diputación Provincial de Guadalajara cuyos datos obren en el Servicio de Recursos Humanos, no están obligados a acompañar justificante de los mismos, debiendo, no obstante hacer constar en su instancia dichos servicios, los cuales se aportarán directamente al Tribunal. Si existiese discrepancia con los datos indicados por los aspirantes en su instancia, se dará traslado a los interesados.

Las fotocopias acreditativas de los méritos presentados no tendrán que ser compulsadas, sin perjuicio de que en cualquier momento se podrán requerir los documentos originales de las mismas. Cualquier diferencia entre el documento original y su fotocopia supondrá la no validez del mérito alegado y  la exclusión definitiva del proceso selectivo, sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan derivar. Asimismo los originales podrán requerirse a los interesados seleccionados en cualquier momento del proceso selectivo y, en todo caso, al ser llamados para formalizar el correspondiente contrato o nombramiento.

La puntuación final total de cada aspirante se obtendrá sumando la puntuación total de los méritos a la lograda en la prueba selectiva.

Serán propuestos para integrar bolsa de trabajo los aspirantes que obtengan una puntuación total en la fase de oposición igual o superior a 50 puntos, ordenada de mayor a menor puntuación.

Dicha bolsa tendrá vigencia hasta que se produzca un nuevo proceso selectivo.

A esta bolsa de trabajo le serán de aplicación las normas reguladoras aprobadas por Decreto número 676 de fecha 23.05.2002 (Boletín Oficial de la Provincia número 65 de fecha 31 de mayo de 2.002), modificadas mediante Decreto 238, de 17.02.2010 (Boletín Oficial de la Provincia número 23 de 22 de febrero de 2010).

DÉCIMA.- Si el día de finalización de plazo o de actuación obligada fuese sábado o festivo, se pasará al día siguiente hábil.

 

 

 

 

 

ANEXO

 

PROGRAMA:

 

  1. MATERIAS COMUNES.

1.- LA PROVINCIA EN EL RÉGIMEN LOCAL. ORGANIZACIÓN PROVINCIAL. COMPETENCIAS.

2.- EL MUNICIPIO EN EL RÉGIMEN LOCAL. ORGANIZACIÓN MUNICIPAL. COMPETENCIAS.

 

  1. MATERIAS ESPECÍFICAS.

3.- GEOMETRÍA PLANA Y GEOMETRÍA ESPACIAL. PLANOS E INTERPRETACIÓN DE PLANOS.

4.- MORTEROS Y HORMIGONES. CONCEPTO, APLICACIONES, CARACTERÍSTICAS, TIPOS, PUESTA EN OBRA.

5 ? OBRAS DE FÁBRICA. CONCEPTO, CARACTERÍSTICAS, TIPOS, APLICACIONES, EJECUCIÓN.

6.- SOLADOS Y ALICATADOS. CONCEPTO, MATERIALES, ADHESIVOS Y PEGAMENTOS, LECHADAS, COLOCACIÓN.

7.- YESOS Y ESCAYOLAS. GUARNECIDOS, ENLUCIDOS, FALSOS TECHOS, DIVISIONES DE CARTÓN YESO, EJECUCIÓN.

8.- CERRAMIENTOS Y TABIQUES. CONCEPTO, TIPOS, AISLAMIENTOS, MATERIALES, COLOCACIÓN DE CARPINTERÍAS EN HUECO, EJECUCIÓN.

9.- CIMENTACIONES, ESTRUCTURAS Y FORJADOS. CONCEPTO, TIPOS Y MATERIALES.

10.-  MOVIMIENTOS DE TIERRAS, POZOS Y ZANJAS. CONCEPTO, EJECUCIÓN DE POZOS Y ZANJAS. MEDIDAS DE SEGURIDAD.

 

 

 

SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN EL PROCESO SELECTIVO PARA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE OFICIAL ALBAÑIL.

DATOS PERSONALES:
APELLIDOS Y NOMBRE ______________________________________D.N.I.:­______________
DOMICILIO: ________________________________________________________________________
LOCALIDAD:__________________ CÓD.POSTAL ________  TELÉFONO: __________________

EXPONE:

  1. Que conoce la convocatoria de selección mediante concurso-oposición libre publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara  nº _______ de fecha _________________, para constituir bolsa de trabajo temporal de Oficial Albañil.
  2. Que desea tomar parte en el mismo y manifiesta que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, especificados en la base sexta de la misma, comprometiéndome a prestar juramento o promesa exigido por el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
  3. Acompaña justificante de haber abonado el importe de los derechos de examen por importe de 8,59 ?, indicando a continuación los méritos que posee para tomar parte en dicho proceso selectivo, relacionados a continuación, de conformidad con la Base segunda, comprometiéndome a presentar los justificantes de conformidad con lo estipulado en la base novena de la convocatoria:

a)Servicios prestados en plaza similar en cualquier admón. pública(Detallar):

 

 

 

b) Formación complementaria:

 

 

 

 

 

 

 S O L I C I T A:
Ser admitido para tomar parte en dicha convocatoria.

Guadalajara, a ___ de  __________ de 2018
(firma)

(*)  CONTINÚA AL DORSO:          SI                NO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
Guadalajara, a 13 de junio de 2018, EL PRESIDENTE, José Manuel Latre Rebled.

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