AYUNTAMIENTO DE ABÁNADES
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El Pleno del Ayuntamiento de Abánades, en sesión ordinaria celebrada el día veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, acordó la aprobación provisional del Reglamento de Administración Electrónica.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE de 03.04.85), y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (BOE de 22.04.86), se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Abánades, a diecisiete de abril de dos mil dieciocho. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.: Luis Miguel Foguet Pariente