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Miércoles, 27 Diciembre 2017 08:12

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA COGOLLOR

3883

MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA COGOLLOR
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AYUNTAMIENTO DE COGOLLOR


3883

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 24 de octubre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2017, 2/2017, 3/2017,4/2017, 5/2017, 6/2017 y 7/2017, en la modalida de suplemento de crédito y crédito extraordinario, del Presupuesto en vigor, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público como sigue a continuación: 

 


Altas en aplicaciones de gastos:

APLICACION MODIFICACION CREDITO INICIAL MODIFICACION CREDITO FINAL
171.131 1.2017 1,00 5.867,00 5.868,00
920.227 5.2017 2.055,00 1.000,00 3.050,00
165.639 6.2017   2.431,00 2.431,00
161.210 7.2017 250,00 1.000,00 1.250,00
171.160 2.2017 1,00 1.878,00 1.879,00
412.623 3.2017 1,00 20.000,00 20.001,00
338.227 4.2017 1.000,00 600,00 1.600,00

TOTAL................................................................................................32.776,00 €
 

Estas modificaciones se financian con cargo al remanente líquido de Tesorería por importe de 27.737,50 € y con nuevos ingresos en la aplicación 450, por importe de 5.038,50 €.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. 

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Cogollor, a 22 de diciembre de 2017.EL ALCALDE.Fdo.: Alberto Santos Alcalde

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