AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA DEL FRESNO
3790
Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Málaga del Fresno en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2017, relativo a la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Servicio de Recogida de Basuras, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 209, de 3 de noviembre de 2017.
No habiéndose presentado reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo, según lo previsto en el apartado 3 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del citado cuerpo legal, se publica como anexo a este anuncio, texto íntegro de la modificación acordada.
Contra dicho acuerdo los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con los artículos 10.1 b) y 46 de la Ley 26/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Málaga del Fresno, a 20 de diciembre de 2017.EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Juan Guillermo Camino Pérez.
ANEXO
TEXTO DE LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS
Artículo 4º Cuota tributaria.
- Tarifa ANUAL para viviendas: 60,00 €
- Tarifa ANUAL para locales comerciales, industriales, bares y similares: 75,00 €