AYUNTAMIENTO DE LA TOBA
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PRIMERO. Formalizar el despido de D. Gustavo Pajares López, DNI nº 0311xxxx-A, tipificado en el artículo 54.1.e) del Estatuto de los Trabajadores, calificándose como despido disciplinario y reconociéndole la improcedencia del mismo, para la plaza de Operario de Servicios Múltiples dentro de la relación de opositores propuestos por los Tribunales Calificadores, que han superado las pruebas selectivas referenciadas, y nombrar en su puesto como ocupante del segundo lugar de la bolsa de trabajo creada para la plaza de Operario de Servicios Múltiples a D. Miguel Javier Murado Lobo, DNI nº xxxxx153-A, formalizando para ello contrato de trabajo en la modalidad regulada por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: en régimen laboral fijo y de dedicación a tiempo parcial (35 horas semanales: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas y Sábados de 09:00 a 14:00 horas durante los meses de octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero y marzo; y de Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 horas y Sábados de 09:00 a 14:00 horas durante los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre).
Asimismo, notificar a D. Miguel Javier Murado Lobo su contratación (con fecha de efectos desde 2 de enero de 2018), para que presente la documentación necesaria para comprobar que cumple los requisitos solicitados en las Bases Décima y Tercera en relación con el proceso de selección para la contratación, en régimen de personal laboral, de una plaza de Operario de Servicios Múltiples a tiempo parcial, mediante el sistema de concurso-oposición del Ayuntamiento de La Toba (publicadas en Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 61, de fecha 21 de mayo de 2010), debiendo acudir a la Secretaría del Ayuntamiento de La Toba el día 20 de diciembre de 2017 a las 09:00 horas, para presentar, como requisito previo e imprescindible para proceder a su contratación, originales o fotocopias compulsadas de la siguiente documentación:
* Del DNI o documento equivalente.
* De la titulación académica exigida.
* Del permiso de conducción de la clase B.
* Del Certificado médico oficial de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En su caso, del certificado acreditativo de la minusvalía emitido por el Instituto Nacional de Servicios Sociales u Organismo Autónomo correspondiente, que acredite tal condición, su tipología y porcentaje, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto de trabajo.
En La Toba, a 30 de noviembre de 2017. El Alcalde, Fdo. Julián Atienza García.