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Viernes, 24 Noviembre 2017 08:11

CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO

3527

RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE OPERADORES LOGÍSTICOS DE GUADALAJARA
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JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO


3527

Convenio o Acuerdo: OPERADORES LOGISTICOS

Expediente: 19/01/0052/2017

Fecha: 21/11/2017

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN

Código 19001325012008.

 

VISTO el acuerdo suscrito el 16 de noviembre de 2017 entre la representación empresarial (CEOE-CEPYME de Guadalajara y UNO)  y sindical (CCOO y UGT),  referido a la prórroga del convenio colectivo del sector de Operadores Logísticos de Guadalajara (código19001325012008), a la negociación del próximo convenio colectivo, así como a materia salarial y tablas salariales, acuerdo que tuvo entrada el día 17 del mismo mes en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de esta Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; de conformidad con lo dispuesto en el Título III del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 24/10/2015); en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (BOE de 12/06/2010); en el Decreto 99/2013, de 28 de noviembre (DOCM de 4 de diciembre) por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo, en relación con el Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM de 16/07/2015), y en el resto de normativa aplicable.

ACUERDO:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Dirección Provincial de Guadalajara de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Guadalajara,21 de noviembre de 2017. El Director Provincial, Santiago Baeza San Llorente 

Acta Final

En Guadalajara a las 11.30 horas del día 16 de Noviembre de 2017.

Reunidos en la sede de la CEOE-CEPYME DE GUADALAJARA sita en la calle  Molina de Aragón nº 3 la relación de personas que a continuación se detallan:

 

Por parte de CC.OO.

D. Guillermo Renedo Liquiñano.

Dª. Estrella Garcia Coleto.

Dª Silvia Garcia Martinez.

D. Yolanda Arcediano Díaz.  

D. Enrique Criado Garcia.

 

Por parte de la U.G.T.:

D. Javier Martinez Martinez.

Dª. Laura Francés Tejedor.

D.  Javier Jiménez Ramos.

Dª. Nuria Granizo Villaverde

D Alfredo Ávila Garcia.   

 

Por parte de CEOE-CEPYME GUADALAJARA:

Dª María Jesús Serrano Maestro.

 

Por parte de U.N.O

D. Daniel Fernández de Lis Alonso.

 

Asesores

D. Miguel Ángel López del Olmo.  (CC.OO.)

D. Angel Miguel Martin Segurado. (CC.OO.)

D. Luis Notario de las Heras. (UGT)

D. Agustín Carrillo Castaño (CEOE-CEPYME DE GUADALAJARA)

 

Primero.- Que el pasado día 6 de Noviembre del 2017 se celebro en la sede de Jurado Arbitral de Guadalajara la mediación para conocer del expediente marginado con numero JAL-GU/HU-54-17 y del expediente JAL-GU/HU-50-17   a fin de desbloquear la situación del convenio colectivo para el año 2017.

En la mediación celebrada se llegó al acuerdo en estos términos:

1.- Incremento salarial.- Para el año 2017 se aplicará un incremento salarial del 1,8% sobre todos los conceptos salariales y extra salariales, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2017, produciéndose el pago efectivo de los mismos, como tope máximo, en la nómina de diciembre de 2017.

2.- Recuperación salarial.- Se aplicará sobre tablas un importe del 0,1%, sobre todos los conceptos salariales y extra salariales, a fecha 31 de diciembre de 2017 y con efectos salariales desde 1 de enero de 2018.

3.- Revisión salarial.- En el supuesto de que el IPC real del año 2017 fuese igual o superior al 1,9%, se producirá el incremento salarial correspondiente a esta diferencia en las tablas, transcurrido un mes desde la publicación de aquel por el Instituto Nacional de Estadística. En este plazo de un mes, las partes se reunirán con el objetivo de actualizar tablas a dichos porcentajes.

4.- El texto del Convenio Colectivo de Operadores Logísticos de Guadalajara vigente al día de la fecha, mantendrá íntegro su articulado, salvo lo atinente a las tablas salariales correspondientes.

5.- Las partes se comprometen a abrir mesa de negociación del Convenio Colectivo de Operadores Logísticos de Guadalajara en el plazo de 15 días desde la publicación por el INE del IPC real para 2017.

Segundo.-  Que para hacer efectiva dicha mediación en este acto se viene a prorrogar el texto del Convenio colectivo para el año 2017 en los mismos términos y la firma de las tablas del año 2017 para su publicación oficial, según el anexo a este acta.

Tercero.- Cuando se conozca el IPC definitivo por el INE del año 2017 las partes se comprometen en el plazo de 15 días a abrir la mesa de negociación para el año 2018 y siguientes.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 13:30 horas, firmando el Acta por cuadruplicado por todos los asistentes.

 

 

 

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