Ayuntamiento de Torija
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
El Pleno del Ayuntamiento de Torija, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero de 2016, acordó la aprobación inicial de la modificación del artículo 7 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos de Torija, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se sometió el expediente a información pública por plazo de treinta días, a través de los correspondientes anuncios en el BOP y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torija sin que se hayan presentado alegaciones, por lo que dicho acuerdo se considera definitivo, y a tal efecto se hace público el texto de la Ordenanza, que se inserta a continuación:
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
Art. 7. Tarifas.
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1.1- |
Expedientes de certificaciones catastrales descriptivas y gráficas referidas a una o varias unidades urbanas o rústicas |
15,00 € |
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1.2- |
Certificaciones de antigüedad |
6,00 € |
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1.3- |
Fotocopias en Ayuntamiento |
0,15 € |
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1.4- |
Fotocopias en Biblioteca |
0,10 € |
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1.5- |
Fax dentro de la provincia, primera hoja |
3,00 € |
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Restantes hojas: |
0,10 € |
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1.5.1 |
Fax fuera de la provincia, primera hoja |
4,00 € |
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Restantes hojas |
0,25 € |
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1.6- |
Expediente Cédula Urbanística |
150,00 € |
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1.7- |
Informes Urbanísticos Básicos |
0,25 € |
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0,25 €
En Torija, a 10 de marzo de 2016. - El Alcalde, Rubén García Ortega.
