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Viernes, 23 Diciembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3780

«Artículo 12. Tipo de Gravamen: 13.1 los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,76.»

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Ayuntamiento de Driebes

 

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de Bines Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«Artículo 12. Tipo de Gravamen: 13.1 los tipos de gravamen aplicables a los bienes inmuebles de naturaleza urbana serán del 0,76.»

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Driebes a 21 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Pedro Rincón Arce.

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