Ayuntamiento de Heras de Ayuso
1877
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
181.341 |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
113.945 |
CAPÍTULO 1: Gastos de personal |
14.995 |
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servicios |
61.100 |
CAPÍTULO 3: Gastos financieros |
|
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
37.850 |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
67.396 |
CAPÍTULO 6: Inversiones reales |
67.396 |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
|
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
2.000 |
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
|
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
2.000 |
TOTAL: |
183.341 |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
181.341 |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
112.671 |
CAPÍTULO 1: Impuestos directos |
61.105 |
CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos |
2.000 |
CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos |
28.096 |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
17.670 |
CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales |
3.800 |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
68.670 |
CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales |
|
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
68.670 |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
2.000 |
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
|
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
2.000 |
TOTAL |
183.341 |
PLANTILLA DE PERSONAL
1.- Secretario-Interventor.
Grupo: A.
Número de puestos: 1.
Nivel de complemento destino: 20.
Titulación: Licenciado A.D.E.
Observaciones: Agrupación.
2.- Operario de servicios múltiples.
Número de puestos: 1.
Forma de provisión: Personal laboral temporal.
Observaciones: Contrato temporal de duración determinada.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Heras de Ayuso a 12 de abril de 2013.– El Alcalde, Jesús Sierra Lumbreras.