Ayuntamiento de Cifuentes
1888
ANUNCIO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 21 de marzo de 2013 sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2013, modalidad crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
1 |
761 |
Transferencias de capital EELL |
12.600,00 |
|
TOTAL GASTOS |
12.600,00 |
|||
Anulaciones o bajas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
9 |
270 |
Gastos imprevistos y funciones no clasificadas |
12.600,00 |
|
TOTAL BAJAS POR ANULACIÓN |
12.600,00 |
Transferencias de capital EELL
TOTAL GASTOS
Gastos imprevistos y funciones no clasificadas
TOTAL BAJAS POR ANULACIÓN
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado
En Cifuentes a 17 de marzo de 2013.– El Alcalde, José Luis Tenorio Pasamón.